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18 NORMAS LEGALES Martes 26 de enero de 2021 / El Peruano Artículo 2. Conformación 2.1 La Comisión Multisectorial de naturaleza temporal está conformada por: a) Un/a representante del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, quien la preside; b) Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas; y c) Un/a representante de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud del Seguro Integral de Salud . 2.2 Las entidades conformantes de la Comisión Multisectorial pueden designar un/a representante alterno/a para que participe en caso de ausencia del representante titular designado. Artículo 3. Función de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial tiene como función elaborar el informe final que contenga: a) La propuesta de los cambios normativos para estimar el valor de reembolso por los productos farmacéuticos, dispositivos médicos, productos farmacéuticos y otros que la IAFAS SIS reconoce a los prestadores. b) La propuesta de la metodología para estimar el valor de reembolso por los productos farmacéuticos, dispositivos médicos, productos farmacéuticos y otros que la IAFAS SIS reconoce a los prestadores. Artículo 4. Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial recae en la Dirección de Aseguramiento en Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud, la que es responsable de brindar el apoyo técnico y administrativo durante su vigencia. Artículo 5. Designación de representantes titulares y alternos Las entidades señaladas en el artículo 2 designan a sus representantes, titular y alterno/a, mediante comunicación escrita de su titular dirigida a la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial, en un plazo máximo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. Los/as miembros de la Comisión Multisectorial ejercen el cargo ad honorem. Artículo 6. Instalación La Comisión Multisectorial se instala dentro de los tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 7. Vigencia de la Comisión Multisectorial y plazo para la presentación del Informe Final La Comisión Multisectorial tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles, posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución Suprema; plazo en el cual presenta al/a la Ministro/a de Salud, el Informe Final a que se re fiere el artículo 3 de la presente resolución. Artículo 8. Colaboración, asesoramiento y aporte técnico La Comisión Multisectorial puede solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de los programas, organismos y entidades públicas en los distintos niveles de gobierno, así como de instituciones privadas y de la sociedad civil, que puedan contribuir al cumplimiento de su función. Artículo 9. Financiamiento El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, los gastos que involucren la participación de los representantes que la conforman se financia con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.Artículo 10. RefrendoLa presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud. Artículo 11. Publicación La presente Resolución Suprema se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los Portales Institucionales de las entidades descritas en el artículo 2, el mismo día de su publicación en el Diario O ficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1922745-4 Designan jefe de la Unidad de Estudios Definitivos del PRONIS PROGRAMA NACIONAL DE INVERSIONES EN SALUD - PRONIS RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN GENERAL Nº 18-2021-PRONIS-CG Lima, 22 de enero de 2021VISTO:Expediente Nº: ADM00935-2021, Informe Técnico Nº 013-2021-MINSA-PRONIS/UAF-SURH, Proveído Nº092-2021-MINSA/PRONIS-UAF, Informe Nº 026-2021-MINSA-PRONIS/UPPM-ETP y el Informe Legal Nº 30-2021-MINSA-PRONIS-UAJ y; CONSIDERANDO:Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 237- 2019/MINSA del 12 de marzo de 2019 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Programa Nacional de inversiones en Salud – PRONIS; asimismo, se aprobó el reordenamiento de cargos mediante Resolución de Coordinación General Nº 63-2020-PRONIS-CG, en el cual se establece que el jefe de la Unidad de Estudios De fi nitivos, es considerado Empleado de Con fi anza del PRONIS; Que, mediante Resolución de Coordinación General Nº 127-2020/PRONIS-CG, de fecha 21 de octubre del 2020, se encargó al señor Gabriel Enrique Calderón Ponce como jefe de la Unidad de Estudios De fi nitivos, en adición a sus funciones; Que, mediante Informe Nº026-2021-MINSA-PRONIS/ UPPM-ETP de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal para la designación del jefe de la Unidad de Estudios De fi nitivos; Que, mediante el Informe Técnico Nº013-2021- MINSA-PRONIS/UAF-SURH de la Sub Unidad de Recursos Humanos, propone al señor ********, para que sea designada en el cargo de con fi anza de la Unidad de Estudios De fi nitivos (CAP-P Nº 0192), el mismo que cumple con los requisitos mínimos establecidos; Que, mediante el Informe Legal 30-2021-MINSA- PRONIS-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a la propuesta de designación de cargo de con fi anza de la Unidad de Estudios De fi nitivos, correspondiendo se proceda a emitir el acto resolutivo correspondiente;