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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2021 (26/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Martes 26 de enero de 2021 El Peruano / Nº 035-2018-SMV/01, o la norma que lo modi fi que o sustituya. Lo dispuesto en el presente artículo no resulta de aplicación cuando se trate de ofertas públicas de adquisición, de compra de valores por exclusión, de venta o de intercambio, en cuyo caso se deberá observar la normativa aplicable a dichas ofertas. (…)” Artículo 3º.- Incorporar dos párrafos fi nales al artículo 11 de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa, aprobadas mediante Resolución Conasev Nº 027-95-EF/94.10.0, en los términos siguientes: “Artículo 11.-(…)En lo que respecta al supuesto contenido en el numeral 16, se deberá presentar una solicitud con indicación de su documento de identidad, domicilio, teléfono y correo electrónico, debidamente fundamentada al Intendente General de Supervisión de Entidades o el órgano que haga sus veces, que sustente el carácter excepcional que justifi ca la prescindencia del concurso de una sociedad agente de bolsa para realizar el cambio de titularidad, conforme a lo establecido por el artículo 123 de la Ley del Mercado de Valores. Asimismo, deberá presentar la documentación o instrumento legal que dé mérito al cambio de titularidad de los valores inscritos en rueda de bolsa, así como informar el número de Recibo de Ingreso en la Tesorería de la SMV o adjuntar copia del voucher de depósito en Bancos de los derechos respectivos. De ser el caso, deberá presentarse, junto con la solicitud respectiva, la dirección del lugar donde se desea recibir las noti fi caciones del procedimiento. La SMV tendrá un plazo de veinte (20) días, contados a partir de la presentación de la respectiva solicitud, para emitir el pronunciamiento administrativo respectivo. Dicho plazo se suspende tantos días como demore el solicitante en subsanar las observaciones formuladas por la SMV. El procedimiento es de evaluación previa con silencio administrativo negativo y no está sujeto a renovación.” Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.smv.gob.pe). Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Se exceptúa de la prohibición señalada en el inciso b) del artículo 16 del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución Conasev Nº 021-99-EF/94.10, a las propuestas que se formulen para la compra o venta, de hasta el 1% de la cantidad total de las acciones en circulación de un emisor, siempre y cuando dichos avisos contengan exclusivamente la misma información que se divulga sobre la propuesta respectiva en rueda de bolsa. Un comitente podrá acogerse a esta excepción únicamente una vez al año. La presente excepción no será aplicable a aquellos accionistas o sus vinculados que tengan más del diez por ciento (10%) de la cantidad total de acciones en circulación del emisor. En caso de incumplimiento de las condiciones señaladas en el párrafo anterior, se incurrirá en la infracción tipi fi cada en el numeral 1.1. del Anexo I del Reglamento de Sanciones de la SMV, aprobado por Resolución SMV Nº 035-2018-SMV/01, o la norma que lo modi fi que o sustituya. El comitente cuya orden generó la propuesta señalada en el primer párrafo de la presente disposición complementaria, podrá autorizar la difusión de su identidad en dichos avisos. Siempre que se difunda la identidad de dicho comitente, se debe contar con su previa autorización. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1922736-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Formalizan la aprobación e incorporación de los perfiles de puesto de Abogado Sede Central I de la Sub Dirección de Normativa Registral y Sede Central II de la Sub Dirección Operaciones Registrales de la Dirección Técnica Registral, en el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 022-2021-SUNARP/GG Lima, 25 de enero de 2021VISTOS; el Memorándum N° 1349-2020-SUNARP- DTR del 03 de diciembre de 2020, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 063-2021-SUNARP/OGPP del 18 de enero de 2021, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 019-2021-SUNARP/OGRH del 19 de enero de 2021, de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 054-2021-SUNARP/OGAJ del 22 de enero de 2021, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 26366 se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, a través de la Resolución N° 372-2013-SUNARP/ SN del 27 de diciembre 2013, se modi fi có el Clasi fi cador de Cargos de la Sunarp, aprobado con la Resolución N° 360-2013-SUNARP/SN, y el Manual de Organización y Funciones - MOF de la Sede Central de la Sunarp, aprobado mediante la Resolución N° 299-2010-SUNARP/SN; los mismos que incluyen lo concerniente a los cargos de Abogado Sede Central I de la Sub Dirección de Normativa Registral y de Abogado Sede Central II de la Sub Dirección Operaciones Registrales de la Dirección Técnica Registral; Que, con Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva N° 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”, que tiene por