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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2021 (26/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Martes 26 de enero de 2021 / El Peruano 473-2014-CG y sus modi fi catorias, conforme al Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Modi fi car los literales e) Reporte de defi ciencias signi fi cativas y f) Carta de Control Interno a la Información presupuestaria y fi nanciera, del numeral 11. Emisión de reportes de auditoría, del Capítulo V. Etapa de Elaboración de Informe, del “Manual de Auditoría Financiera Gubernamental”, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 445-2014-CG y su modi fi catoria, conforme al Anexo Nº 3 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- Incorporar el Anexo Nº 03: Metodología para la formulación de las recomendaciones, y el Anexo Nº 04: Matriz de formulación de recomendaciones al “Manual de Auditoría Financiera Gubernamental” aprobado por Resolución de Contraloría Nº 445-2014-CG y su modi fi catoria, conforme al Anexo Nº 4 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 5.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, la adecuación de los aplicativos informáticos que correspondan, para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución. Artículo 6.- Encargar a la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control, en el marco de sus competencias, la emisión de las disposiciones que complementen lo dispuesto en la presente Resolución; así como efectuar las acciones de capacitación al personal del Sistema Nacional de Control, respecto a la aplicación de la metodología para la formulación de recomendaciones de mejora de gestión a ser aplicadas en las auditorias de cumplimiento y las auditorías fi nancieras gubernamentales. Artículo 7.- Disponer que la Gerencia Jurídico Normativa elabore las versiones integradas de la Directiva Nº 007-2014-CG/GCSII “Auditoría de Cumplimiento”, del Manual de Auditoría de Cumplimiento, de la Directiva Nº 005-2014-CG/AFIN “Auditoría Financiera Gubernamental”, del Manual de Auditoría Financiera Gubernamental, de la Directiva Nº 002-2019-CG “Servicio de Control Simultáneo”, así como de las Normas Generales de Control Gubernamental, para fi nes de registro y difusión conforme las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República. Artículo 8.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y esta a su vez con sus Anexos en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1922714-1 Aprueban el Plan Nacional de Control 2021 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 026-2021-CG Lima, 25 de enero de 2021VISTOS:La Hoja Informativa Nº 000003-2021-CG/GDEE, de la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control y la Hoja Informativa Nº 000059-2021-CG/GJN de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por el artículo 6 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias, el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y veri fi cación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de efi ciencia, e fi cacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fi nes de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes; asimismo, el control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente; Que, el artículo 8 de la Ley Nº 27785, señala que se entiende por control externo al conjunto de políticas, normas, métodos y procedimientos técnicos, que compete aplicar a la Contraloría General de la República u otro órgano del Sistema Nacional de Control por encargo o designación de ésta, con el objeto de supervisar, vigilar y verifi car la gestión, la captación y el uso de los recursos y bienes del Estado, y se realiza fundamentalmente mediante acciones de control con carácter selectivo y posterior; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley Nº 27785, las acciones de control se realizan con sujeción al Plan Nacional de Control y a los planes aprobados para cada órgano del Sistema Nacional de Control; siendo atribución de la Contraloría General de la República la aprobación de los mismos, tal como lo dispone el literal h) del artículo 22 de la referida Ley; Que, asimismo, los artículos 13 y 20 de la citada Ley Nº 27785 establecen que los Órganos de Control Institucional y las Sociedades de Auditoría son órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, estas últimas cuando son designadas, previo Concurso Público de Méritos, por la Contraloría General de la República y contratadas durante un período determinado para realizar servicios de auditoría en las entidades; Que, el numeral 4.4 de las Normas Generales de Control Gubernamental, aprobadas mediante Resolución de Contraloría Nº 273-2014-CG y modi fi catorias, señalan que el Plan Nacional de Control es aprobado por esta Entidad Fiscalizadora Superior e incluye los servicios de control a ser desarrollados en un período anual por la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional para atender necesidades priorizadas; Que, adicionalmente los numerales 1.19 y 1.20 de las citadas Normas Generales de Control Gubernamental señalan que los servicios relacionados están vinculados a los procesos de carácter técnico y especializado derivados de atribuciones o encargos legales, que generan productos distintos a los servicios de control previo, simultáneo y posterior; que son llevados a cabo con el propósito de coadyuvar al desarrollo del control gubernamental; y que, para su apropiada ejecución, es de aplicación lo previsto en las Normas Generales de Control Gubernamental en lo que resulte pertinente; Que, de otro lado mediante Resolución de Contraloría Nº 119-2020-CG se aprobó la distribución de las competencias para el desarrollo de los servicios de control posterior, simultáneo y previo respecto de inversiones con componente de infraestructura, en función al monto viable y aprobado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control mediante Hoja Informativa Nº 000003-2021-CG/GDEE, propone aprobar el Plan Nacional de Control 2021, que contiene las metas y las materias de control a ser atendidas, así como las metas para los servicios relacionados por parte de los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control; asimismo, propone se incorpore un artículo a la Resolución de Contraloría Nº 119-2020-CG, regulando que los órganos de la Alta Dirección respectivos puedan excepcionalmente encargar a una unidad orgánica, órgano desconcentrado u Órgano de Control Institucional bajo su ámbito, distinto a los que se re fi eren los artículos 1, 2 y 3 de dicha Resolución, el desarrollo de los servicios de control respecto de inversiones con componente de infraestructura; Que, estando a lo opinando por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa Nº 000059-2021-