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21 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de enero de 2021 El Peruano / Inversión en la Amazonía; y, en el Decreto Supremo Nº 066-2019-EF, Decreto Supremo que establece medidas reglamentarias para la aplicación de lo dispuesto por la Ley Nº 30896, Ley que Promueve la Inversión y Desarrollo de la Región Amazónica; SE RESUELVE:Artículo 1. Objeto Aprobar los índices de distribución y los montos a ser transferidos para el Año Fiscal 2021 a cada una de las Municipalidades Provinciales y Distritales de las provincias y distritos de los demás departamentos de la Amazonía, en el marco del numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 066-2019-EF, Decreto Supremo que establece medidas reglamentarias para la aplicación de lo dispuesto por la Ley Nº 30896, Ley que Promueve la Inversión y Desarrollo de la Región Amazónica, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1922992-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 005: Programa Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú - PMSJMPP, en el pliego del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0013-2021-JUS Lima, 26 de enero de 2021 VISTOS, el O fi cio Nº 0005-2021-EF/50.06, de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe N° 030-2021-JUS/OGPM-OPRE, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 041-2021-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 172-2020- EF, aprueba la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinada a fi nanciar parcialmente el Programa “Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú”; Que, el artículo 3 del mencionado Decreto Supremo, establece que el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos serán las Unidades Ejecutoras del Programa “Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú”; correspondiendo al Poder Judicial y al Ministerio Público la ejecución del componente 1, al Ministerio Público del componente 2 y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del componente 3 del referido programa;Que, con fecha 08 de julio de 2020 la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo suscribieron el Contrato de Préstamo Nº 4959/OC-PE, cuyo Anexo Único señala que el Programa será ejecutado conjuntamente, en calidad de Organismos Ejecutores, por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio Público y el Poder Judicial, cada uno de ellos con una Unidad Ejecutora, con relaciones directas con el Banco y con plena autonomía fi nanciera, técnica y operativa; Que, mediante O fi cio N° 870-2020-JUS/OGPM-OPRE de fecha 02 de noviembre de 2020, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 4959/OC-PE, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público la creación de la Unidad Ejecutora del Programa (UE- PSJMPP-MINJUSDH), a fi n que sea la encargada de la ejecución de las diferentes intervenciones del Programa Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú -PMSJMPP, correspondiente al MINJUSDH; Que, con O fi cio Nº 0005-2021-EF/50.06 de fecha 21 de enero de 2021, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía Finanzas comunica al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la incorporación de la Unidad Ejecutora 005: Programa Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú - PMSJMPP; Que, con Informe N° 030-2021-JUS/OGPM-OPRE, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización considera procedente la formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 005: Programa Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú – PMSJMPP en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 172-2020-EF, que aprueba la operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, la Directiva Nº 0007-2020-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 0034-2020-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 005: Programa Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú - PMSJMPP, en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina General de Administración del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, realizarán las acciones necesarias en materia de presupuesto, administración, fi nanzas y otras que correspondan, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1922998-1