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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2021 (27/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de enero de 2021 / El Peruano ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la Tabla de Valores Referenciales para efectos de determinar la base imponible del impuesto a las embarcaciones de recreo correspondiente al año 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 036-2021-EF/15 Lima, 25 de enero del 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo está constituida por el valor original de adquisición, importación o ingreso al patrimonio, el que en ningún caso es menor a los valores referenciales que anualmente publica el Ministerio de Economía y Finanzas, el cual considera un valor de ajuste por antigüedad; Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 057-2005-EF - Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas dentro del primer mes del ejercicio gravable, aprueba anualmente mediante Resolución Ministerial la Tabla de Valores Referenciales a que se re fi ere el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; Que, es necesario establecer la Tabla de Valores Referenciales de las embarcaciones de recreo a fi n de determinar la base imponible para la aplicación del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, correspondiente al año 2021; De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y en el artículo 7 del Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales Apruébase la Tabla de Valores Referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, correspondiente al ejercicio 2021 que, como anexo, forma parte de la Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación Publícase el Anexo de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1922943-1 Aprueban índices de distribución y montos a ser transferidos para el Año Fiscal 2021 a Municipalidades Provinciales y Distritales de las provincias y distritos de diversos departamentos de la Amazonía, en el marco de lo dispuesto en el D.S. Nº 066-2019-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2021-EF/50 Lima, 26 de enero del 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30896, Ley que Promueve la Inversión y Desarrollo de la Región Amazónica, establece como objeto de la citada Ley, promover el incremento de la inversión pública y el desarrollo de la Amazonía mediante la transferencia de los recursos que se generen por la sustitución de la exoneración del impuesto general a las ventas por la importación de bienes que se destinen al consumo de la Amazonía a que se re fi ere la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía; Que, asimismo, el literal e) del numeral 4.1 del artículo 4 de la referida Ley establece que los recursos a ser transferidos en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la citada Ley, para las provincias y distritos de los demás departamentos de la Amazonía, ascienden hasta la suma de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES); el cual, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4.8 del citado artículo, se actualiza anualmente sobre la base del índice acumulado de precios al consumidor promedio de Lima Metropolitana, contemplado en los supuestos macroeconómicos utilizados para elaborar los respectivos proyectos de presupuesto del sector público; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 066-2019-EF, Decreto Supremo que establece medidas reglamentarias para la aplicación de lo dispuesto por la Ley N° 30896, Ley que Promueve la Inversión y Desarrollo de la Región Amazónica, señala que se entiende como provincias y distritos de los demás departamentos de la Amazonía, a las provincias y distritos mencionados en el artículo 3 de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía; asimismo, el numeral 2.3 del citado artículo, establece que los montos señalados en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30896, se actualizan anualmente sobre la base del índice acumulado de precios al consumidor promedio de Lima Metropolitana, a través de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, contemplado en los supuestos macroeconómicos utilizados para elaborar los respectivos proyectos de presupuesto del Sector Público; Que, adicionalmente, el numeral 7.2 del artículo 7 del citado Decreto Supremo, indica que para determinar el monto a ser asignado a cada entidad, se utilizan los índices de distribución y los montos a ser transferidos anualmente a cada una de las municipalidades provinciales y distritales de las provincias y distritos de los demás departamentos de la Amazonía, los que son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando como criterio la población total del distrito o provincia, proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, mediante el O fi cio N° 002-2021-INEI/DTDIS y el Memorando N° 027-2020-EF/60.03, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, respectivamente, proporcionan información a la Dirección General de Presupuesto Público a fi n que efectúe los cálculos para la determinación de los índices de distribución y los montos a ser transferidos para el Año Fiscal 2021 a cada una de las Municipalidades Provinciales y Distritales de las provincias y distritos de los demás departamentos de la Amazonía, conforme a lo señalado en el numeral 4.8 del artículo 4 de la Ley Nº 30896 y el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 066-2019-EF, el cual asciende a la suma de S/ 10 200 000,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES); Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución y los montos a ser transferidos para el Año Fiscal 2021 a cada una de las municipalidades provinciales y distritales de las provincias y distritos de los demás departamentos de la Amazonía; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30896, Ley que Promueve la Inversión y Desarrollo de la Región Amazónica; en la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la