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15 NORMAS LEGALES Domingo 14 de febrero de 2021 El Peruano / literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033 y modi fi catorias, y con el literal h) del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Erix Aldo Ruiz Mondaca en el puesto de Asesor Económico General (CAP 138) de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos realizar las gestiones necesarias para la efi cacia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Gerenta General 1927593-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Unificados de Precios de la Construcción, durante el año 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 032-2021-INEI Lima, 8 de febrero de 2021Visto, el O fi cio Nº 017-2021-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción durante el año 2021. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, es la realización de tareas técnicas y cientí fi cas con fi nes de cuanti fi car los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas o fi ciales del país; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en cumplimiento del Decreto Ley Nº 25862, desde diciembre de 1992, ha asumido las funciones de elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a través del documento del visto, solicita autorización para ejecutar la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción en el año 2021, dirigida a las empresas y establecimientos informantes ubicados en el territorio nacional, para cuyo efecto adjunta la fi cha Técnica y el Formulario a utilizarse en la mencionada Encuesta; Que, la mencionada encuesta está dirigida a las empresas y establecimientos de materiales de construcción y permitirá captar información de precios para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (IUPC), que es un indicador económico que muestra la fl uctuación promedio de precios, que experimentan en el mercado el conjunto de elementos que intervienen en el costo de las obras de Construcción Civil;Que, en ese contexto resulta pertinente autorizar la ejecución de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción durante el año 2021, fi jar el plazo para su entrega y, aprobar el formulario a utilizarse en la mencionada Investigación estadística, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, y; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Indicadores Económicos; la visación de la Sub Jefatura de Estadística; y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar, la ejecución de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, durante el año 2021, dirigida a las empresas y establecimientos informantes a nivel nacional. Dicha Encuesta estará a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), en Lima Metropolitana y, de las O fi cinas Departamentales de Estadística e Informática (ODEI), en las otras ciudades. Artículo 2.- Aprobar, el formulario de la Encuesta Mensual para la elaboración de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, que forma parte de la presente Resolución. La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), mediante o fi cio, remitirá dicho formulario a las empresas y establecimientos seleccionados, para ser diligenciados y remitidos al INEI. Artículo 3.- Establecer, como plazo máximo para la entrega del formulario diligenciado con información del mes inmediato anterior, hasta el quinto día hábil de iniciado cada mes. Artículo 4.- Precisar, que las personas naturales y jurídicas obligadas a la presentación de la información que incumplan con la devolución de los formularios debidamente diligenciados en el plazo establecido, serán pasibles de sanción conforme lo dispuesto en los artículos 87, 89, 90 y 91 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese.DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 1927763-1 Autorizan ejecución de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, durante el año 2021, para elaborar el Índice Unificado de Flete Terrestre RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 033-2021-INEI Lima, 8 de febrero de 2021Visto, el O fi cio Nº 017-2021-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga durante el año 2021. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, es la realización de tareas técnicas y cientí fi cas con fi nes de cuanti fi car los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas o fi ciales del país; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en cumplimiento del Decreto Ley Nº 25862, desde diciembre de 1992, ha asumido las funciones de