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28 NORMAS LEGALES Martes 23 de febrero de 2021 / El Peruano SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Disponen que la Jefatura Zonal Huancayo asuma competencia para recibir y calificar las solicitudes de fraccionamiento de multa, así como para otorgar, denegar o declarar la pérdida del beneficio, en el ámbito territorial del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000036-2021-MIGRACIONES Breña, 19 de febrero del 2021VISTOS: El Informe N° 000050-2021-DIROP/MIGRACIONES, de fecha 25 de enero de 2021, emitido por la Dirección de Operaciones; así como el Informe N° 000061-2021-OAJ/MIGRACIONES y la Hoja de Elevación N°000010-2021-OAJ/MIGRACIONES, de fecha 29 de enero y 18 de febrero de 2021, respectivamente, emitidas por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Con el Decreto Supremo N° 009-2020-IN y Resolución de Superintendencia N° 000148-2020-MIGRACIONES, publicados el 19 de junio y 01 de julio de 2020, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente; y, con Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES; El citado documento de gestión, establece que las Jefaturas Zonales son órganos desconcentrados de esta Superintendencia, que dependen jerárquicamente de la Dirección de Operaciones y tienen entre sus funciones la de tramitar los procedimientos sancionadores, disponiendo el inicio y emisión de la resolución que se pronuncie sobre el fondo del asunto, coordinando con las autoridades competentes la ejecución de la misma; Por otra parte, a través del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 000236-2020-MIGRACIONES, de fecha 13 de noviembre de 2020, modi fi cada por Resolución de Superintendencia N° 000007-2021-MIGRACIONES, de fecha 07 de enero de 2021, se dispuso que, hasta la creación de la Jefatura Zonal de Lima, la Jefatura Zonal Huancayo asuma competencia para la tramitación de procedimientos administrativos sancionadores, resolver recursos de reconsideración interpuestos contra resoluciones emitidos por la otrora Gerencia de Servicios Migratorios, fi jar el valor monetario de las multas y su eventual condonación por exceso de permanencia, de acuerdo a los lineamientos que establezca la Dirección de Registro y Control Migratorio. En su artículo 2°, dicha Resolución de Superintendencia establece que lo dispuesto en el citado artículo 1° se deroga automáticamente al aprobarse la creación de la Jefatura Zonal Lima; Asimismo, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000027-2021-MIGRACIONES, de fecha 01 de febrero de 2021, se crearon las Jefaturas Zonales de Lima y Callao; sin embargo, estas aún se encuentran en proceso de implementación; De otro lado, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000072-2018-MIGRACIONES, de fecha 26 de febrero de 2018, publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 27 de febrero de 2018, se aprueba el “Reglamento que establece el bene fi cio de fraccionamiento del pago de las multas en materia migratoria impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones”, cuya fi nalidad es propiciar el cumplimiento voluntario del pago de las multas impuestas por la autoridad migratoria, en ejercicio de las funciones y potestades previstas en la normativa vigente, procurando con ello que la exigencia coercitiva de la obligación mencionada se lleve a cabo únicamente respecto de los sujetos obligados que muestren renuencia a su cumplimiento; Asimismo, conforme al numeral 11.1 del artículo 11°, numeral 14.1 del artículo 14° y numeral 17.1 del artículo 17° del citado reglamento, la O fi cina de Administración y Finanzas o quien haga sus veces en las Jefaturas Zonales, son las autoridades competentes para recibir y califi car las solicitudes de fraccionamiento, así como para otorgar, denegar o declarar la pérdida de tal bene fi cio; En vista de ello, a través del Informe N° 000050-2021-DIROP/MIGRACIONES, la Dirección de Operaciones ha propuesto y sustentado técnicamente ante la Alta Dirección, la necesidad de que se otorgue a la Jefatura Zonal de Huancayo, competencia administrativa para recibir y cali fi car las solicitudes de fraccionamiento, así como para otorgar, denegar o declarar la pérdida de tal bene fi cio, en el ámbito territorial del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, hasta la creación de la Jefatura Zonal Lima; Adicionalmente, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 000061-2021-OAJ/MIGRACIONES, señala que la propuesta de la Dirección de Operaciones es jurídicamente viable y que corresponde se formalice mediante Resolución de Superintendencia; Cabe precisar que, el numeral i) del artículo 11º del Texto Único Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES señala como parte de las funciones del Despacho de el/la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10º del referido documento en el que se prescribe que el Despacho de el/la Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; Estando a lo propuesto y contando con la opinión favorable y visto de la Gerencia General, la Dirección de Operaciones y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer que, en adición a las competencias asignadas mediante la Resolución de Superintendencia N° 000236-2020-MIGRACIONES, modi fi cada por Resolución de Superintendencia N° 000007-2021-MIGRACIONES, la Jefatura Zonal Huancayo asuma competencia para recibir y cali fi car las solicitudes de fraccionamiento de multa, así como para otorgar, denegar o declarar la pérdida de tal bene fi cio, en el ámbito territorial del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, en tanto se implementen la Jefatura Zonal Lima y la Jefatura Zonal Callao, respectivamente. Artículo 2°.- Establecer que la disposición contenida en el artículo 1º de esta resolución quedará derogada, automáticamente, al implementarse la Jefatura Zonal Lima y la Jefatura Zonal Callao, creadas mediante Resolución de Superintendencia N° 000027-2021-MIGRACIONES, de fecha 01 de febrero de 2021. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como encargar a la O fi cina de Tecnologías de Información y Comunicaciones, publique la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad.