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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2021 (03/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 189

189 NORMAS LEGALES Sábado 3 de julio de 2021 El Peruano / PRIORIZADOS EN EL MARCO DEL TINKUY REGIONAL MULTIANUAL” MULTIANUAL”, de conformidad con el siguiente cuadro: Nº Municipalidad CUI DenominaciónDisponibilidad Presupuestal 1Municipalidad Distrital de Pichigua 2512200MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA COMUNIDAD DE SANTO DOMINGO DEL DISTRITO DE PICHIGUA – PROVINCIA DE ESPINAR – DEPARTAMENTO DE CUSCO.1,274,545.00 2Municipalidad Distrital de Pichigua2491478MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL CENTRO POBLADO DE VILLA ACCOCUNCA DEL DISTRITO DE ALTO PICHIHUA – PROVINCIA DE ESPINAR – DEPARTAMENTO DE CUSCO.3,194,306.00 3Municipalidad Distrital de Paucartambo 2457548CREACIÓN DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BÁSICO INTEGRAL EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CARPAPAMPA DEL DISTRITO DE PAUCARTAMBO - PROVINCIA DE PAUCARTAMBO– DEPARTAMENTO DE CUSCO.1,699,846.00 4Municipalidad Distrital de Kunturkanki2335025MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DEL SERVICIO DE AGUA Y DESAGÜE EN EL CENTRO POBLADO DE LARAMANI DEL DISTRITO DE KUNTURKANKI - PROVINCIA DE CANAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO.2,199,272.00 5Municipalidad Distrital de Accha 2511436CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE CONDUCCIÓN Y RESERVORIO; REMODELACIÓN DE CAPTACIÓN DE AGUA POTABLE URBANO EN LA LOCALIDAD ACCHA DISTRITO DE ACCHA - PROVINCIA DE PARURO-DEPARTAMENTO DE CUSCO.1,239,976.00 Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al órgano ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, la suscripción de los Convenios de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco con los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales para la Ejecución de Proyectos de Inversión Priorizados en el Marco del Tinkuy Regional Multianual. Artículo Tercero.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, canalice los procedimientos orientados a la suscripción de los convenios de manera previa a la trasferencia de presupuesto dentro del marco normativo qué los regulen, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional se aprueba bajo responsabilidad del Proponente Sobre la Base de los (05) Expedientes de transferencia precisados precedentemente. Artículo Quinto.- DISPONER que el Ejecutivo del Gobierno Regional remita los Expedientes de Transferencia de Recursos Financieros a la Contraloría General de la Republica y al Órgano de Control Interno del Gobierno Regional de Cusco para que realice el control simultáneo y posterior. Artículo Sexto.- PRECISAR que en virtud del Principio de Buena Fe y Presunción de Veracidad, este Consejo Regional debe asumir que los estamentos competentes de esta Entidad Publica le proporcionan información que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y por tanto, podrá ser objeto de fi scalización posterior. Artículo Séptimo.- DISPONER, la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, para su implementación. Artículo Octavo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional, entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en Cusco, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintiuno. Regístrese, publíquese y cúmplase.NÉSTOR VELASCO CASTILLA Presidente Consejo Regional Período 2021 1968710-4 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor de la Municipalidad Provincial del Cusco ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 124-2021-CR/GR CUSCO POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la continuación de la Vigésima Tercera Sesión Extraordinaria de fecha veintinueve de junio del año dos mil veintiuno, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización y la Ley Nº28607 - Ley de Reforma de los Artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, se establece entre otros aspectos que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, el Artículo 13º de Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala: el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas(...); el Literal i) del Artículo 15º establece que es atribución del Consejo Regional autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional; Que, el Artículo 39º del precitado cuerpo normativo establece: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el mismo cuerpo normativo en su Artículo 21º determina que el Presidente Regional tiene las siguientes atribuciones: k) Celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional; Que, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO, en su Artículo 101º establece que el Acuerdo Regional es una Norma Jurídica interna, que permite orientar y normar procedimientos administrativos del Gobierno Regional del