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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2021 (03/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 177

177 NORMAS LEGALES Sábado 3 de julio de 2021 El Peruano / Que, estando a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa en la Hoja Informativa Nº 000246-2021-CG/GJN, resulta jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que prorrogue el plazo para la aprobación del Informe de Transferencia de Gestión por término de gestión del Titular de la entidad conforme a período de fi nido y por término del mandato del Presidente de la República, que son efectuados en el marco de las Elecciones Generales 2021; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prorrogar hasta por un plazo no mayor de quince (15) días hábiles posteriores a la fecha de corte de información, el plazo establecido en el literal b) de los numerales 7.2.1 y 7.2.4, respectivamente, de la Directiva Nº 006-2021-CG/INTEG “Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión en las Entidades del Gobierno Nacional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 122-2021-CG, para que el Titular Saliente de los Ministerios y del Poder Legislativo, aprueben y envíen, a través del aplicativo informático, el Informe de Transferencia de Gestión que las citadas entidades elaboran en el marco de las Elecciones Generales 2021. Artículo 2.- Incorporar al numeral 8. Anexos de la Directiva Nº 006-2021-CG/INTEG “Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión en las Entidades del Gobierno Nacional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 122-2021-CG, el Anexo Nº 7: Estructura del Informe Transferencia de Gestión del Titular de empresa del Estado, Anexo Nº 8: Estructura del Informe de Rendición de Cuentas de Titular de empresa del Estado, y Anexo Nº 9: Estructura del Informe Complementario para empresa del Estado, los cuales se anexan a la presente Resolución y que formarán parte integrante de la citada Directiva. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez esta con sus anexos en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1969112-1 MINISTERIO PUBLICO Amplían asignaciones temporales de plazas de fiscales a la Cuarta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima y a la Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 982 -2021-MP-FN Lima, 1 de julio de 2021VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1506-2020-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2020, se resolvió, entre otros, ampliar la asignación temporal, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021, de una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la desactivada Quinta Fiscalía Provincial Civil de Lima, a la Cuarta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima; (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la desactivada Décima Séptima Fiscalía Provincial de Familia de Lima, a la Primera Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima; y, una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la desactivada Décima Octava Fiscalía Provincial de Familia de Lima, a la Segunda Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima. Que, la Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y e fi caz, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. En ese sentido, considerando la necesidad de servicio, se hace preciso emitir el resolutivo correspondiente en el que se disponga la ampliación de la asignación temporal como apoyo de las plazas fi scales antes mencionadas, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021, debiendo considerarse que actualmente dichas plazas fi scales cuentan con personal fi scal que las ocupan, los mismos que deberán mantener su designación conforme a lo expuesto en la presente Resolución. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Ampliar la asignación temporal, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021, de una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la desactivada Quinta Fiscalía Provincial Civil de Lima, a la Cuarta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima. Artículo Segundo .- Ampliar la asignación temporal, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021, de una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la desactivada Décima Séptima Fiscalía Provincial de Familia de Lima, a la Primera Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima. Artículo Tercero .- Ampliar la asignación temporal, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021, de una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la desactivada Décima Octava Fiscalía Provincial de Familia de Lima, a la Segunda Fiscalía Provincial de Familia Especializada en Prevención de Violencia de Género y Personas en Condición de Vulnerabilidad de Lima. Artículo Cuarto .- Disponer que las designaciones del personal fi scal que ocupan las plazas señaladas en los artículos primero, segundo y tercero, se mantengan conforme a lo expuesto en la parte considerativa en la presente Resolución. Artículo Quinto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1969088-1