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172 NORMAS LEGALES Sábado 3 de julio de 2021 El Peruano / de fi nalizar el periodo académico 2021-II, documentos que evidencien la ejecución y la culminación de las obras de acondicionamiento y remodelación del laboratorio de Ciencias Biológicas y Fisiológicas (SL01LA18), laboratorio de Bioquímica y Biología Molecular (SL01LA22) y laboratorio de Química (SL01LA23), los cuales se encuentran en trabajos de remodelación. Asimismo, la Universidad deberá adjuntar los planos actualizados de arquitectura en planta, con el estado de los ambientes al término de los trabajos, del segundo y tercer piso del Pabellón Central. (iii) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, antes de fi nalizar los periodos académicos 2022-II y 2023-I, documentos que evidencien la ejecución y la culminación del proyecto de “Plan de Implementación de nuevos Laboratorios para los programas de Ingeniería Acuícola y Biología Marina” , incluyendo sus cuatro (4) laboratorios móviles: Laboratorio Húmedo para Cultivo de Peces y Algas, Laboratorio Húmedo para Cultivo de Moluscos y Crustáceos, Laboratorio de Plancton Marino y Cultivo de Microorganismos, y Laboratorio de Ictiología y Recursos Acuáticos, a ser utilizados por los nuevos programas de estudio de Ingeniería Acuícola y Biología Marina. (iv) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio del semestre académico 2021-II, la adenda al contrato actual o nuevo contrato con una Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos (EPS-RS) o Empresa Operadora de Residuos Sólido (EO-RS) vigente, y el convenio para la disposición fi nal de los RAEE fi rmado y vigente. Tercero.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 024-2021-SUNEDU-02-12 del 10 de junio de 2021 a la Universidad Peruana Cayetano Heredia, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 024-2021-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 27 de julio de 2016. 2 Se aprobaron las solicitudes de modi fi cación de licencia institucional con Resoluciones del Consejo Directivo N° 034-2018- SUNEDU/CD publicada el 27 de marzo de 2018, N° 050-2019-SUNEDU/CD publicada el 27 de abril de 2019, N° 062-2019-SUNEDU/CD publicada el 17 de mayo de 2019 y N° 039-2021-SUNEDU/CD publicada el 28 de abril de 2021. 3 Según consta del resumen de los programas licenciados descritos en el Ofi cio N° 0481-2020-SUNEDU-02-12 del 17 de noviembre de 2020. 4 La Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD fue publicada el 14 de marzo de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano. Sus modi fi caciones, mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD y N° 139-2019-SUNEDU/CD, fueron publicadas en el Diario O fi cial El Peruano los días 31 de mayo de 2018, 29 de junio de 2018, 23 de julio de 2019 y 31 de octubre de 2019, respectivamente. En adición a ello, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD, publicada el 25 de agosto de 2020 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se incorporaron numerales a la RCD N° 008-2017-SUNEDU/CD, aplicables para solicitudes vinculadas a programas semipresenciales y a distancia. 5 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 6 Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. Artículo 31 .- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) c) Creación de programa conducente a grados y títulos.- Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3,4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) 7 RTD N° 043913-2020-SUNEDU-TD. 8 RTD N° 018796-2021-SUNEDU-TD. 9 De conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16 del Reglamento de Licenciamiento. 10 RTD N° 022658-2021-SUNEDU-TD. 11 RTD N° 023996-2021-SUNEDU-TD. 12 RTD N° 024044-2021-SUNEDU-TD. 13 La Universidad remitió información sobre el personal técnico a participar en las pruebas de conectividad, personal responsable de las CBC y los planos de distribución de arquitectura de los locales SL01, SL02 Y SL04. 14 El Anexo 1 contiene la totalidad de documentos requeridos por la Dilic y presentados por la Universidad durante la realización de la AVR. 15 RTD N° 025913-2021-SUNEDU-TD. 16 RTD N° 026204-2021-SUNEDU-TD. 17 RTD N° 027613-2021-SUNEDU-TD. 18 Las referidas reuniones se realizaron los días 4 y 11 de marzo, 14 y 19 de abril, 11, 14 y 25 de mayo y 1 de junio de 2021. 1969141-1 PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modificado versión 1 de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO Nº 058-2021-PGE/PG Lima, 30 de junio del 2021VISTOS:El Acta Nº 007-2021-CPE-PGE de la Comisión de Planeamiento Estratégico de la Procuraduría General del Estado del 24 de junio del 2021; el Informe Nº 72-2021-JUS/PGE-OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Acta Nº 13-2021-PGE de la Vigésima Quinta Sesión Extraordinaria (virtual) del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado del 30 de junio del 2021; y el Informe Nº 98-2021-JUS/PGE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado. CONSIDERANDO:Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; asimismo, es el ente rector del Sistema y constituye Pliego Presupuestal; Que mediante el Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, con la fi nalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en bene fi cio de los intereses del Estado; Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el