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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2021 (03/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 198

198 NORMAS LEGALES Sábado 3 de julio de 2021 El Peruano / permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2021, autoriza de manera excepcional “las transferencias que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el segundo trimestre del año 2021, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado”.; 8. En adición a la norma legal antes citada, su numeral 16.2 establece que: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”, por lo que se veri fi ca la observancia de este requisito (Informe Nº 0130-2021-GRLL-GOB-GGR/GRP); Que, con O fi cio Nº 1437-2021-GRLL-GGR-GRS/ OP de fecha 28 mayo del 2021, emite opinión favorable ante la Gerencia Regional de Presupuesto, en el mismo solicita informe que contenga la opinión favorable y la disponibilidad de recursos fi nancieros destinados a la Transferencia Financiera requerida por la Municipalidad Distrital de Laredo, precisándole que la citada información constituye el requisitos indispensable para la elaboración del Convenio de Transferencia Financiera, siguiendo los lineamientos contenidos en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional Nº 1041-2016-GRLL/GOB; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, mediante su O fi cio Nº 0109-2021-GRLL-CGR/GRPAT de fecha 31 mayo del 2021, solicita Opinión Legal sobre la propuesta del Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional La Libertad y la Municipalidad de Laredo, para la ejecución del IOAAR, con CUI Nº2516665 “Adquisición de Planta Generadora de Oxígeno Medicinal y Generador Eléctrico; Construcción de Losa; en el EESS Distrital de Laredo-Laredo Distrito de Laredo, Provincia Trujillo, Departamento La Libertad”; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Informe Nº 130-2021-GRLL-GOB-CGR/GRP emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia fi nanciera referida en el párrafo precedente, señalando que la atención de la transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el inciso m) del numeral 16.1. del artículo 16º de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/. 500.000.00 en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Determinados; Que, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, mediante su Informe Legal Nº 022-2020-GRLL-CGR/GRAJ de fecha 01 junio del 2021, en conformidad con el Informe Técnico Nº0005-2021-GRLL-GRS-OP e Informe Nº 048-2021-GRLL-CGR-GRPAT/SGP de la Gerencia Regional de Salud y la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, emite Opinión Legal PROCEDENTE el visto al Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional La Libertad y La Municipalidad de Laredo, para la ejecución del IOAAR, con CUI Nº2516665 “Adquisición de Planta Generadora de Oxígeno Medicinal y Generador Eléctrico; Construcción de Losa; en el EESS Distrital de Laredo; Que, mediante Informe Legal Nº 133-2021-GRLL- GGR/GRAJ-RLARA de fecha 17 de junio de 2021, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite OPINIÓN FAVORABLE respecto de la Transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Laredo por la suma de S/500 000.00 (Quinientos mil y 00/100 soles), destinados a la adquisición de una planta de oxígeno, así como corresponde al Consejo Regional autorizar la suscripción del convenio respectivo; Que, con O fi cio Nº230-2021-GRLL-GOB/GGR, de fecha 17 de junio de 2021, suscrito el Gerente General Regional del Gobierno Regional La Libertad se solicita evaluar la aprobación de la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de convenio especí fi co en el presente año fi scal 2021, a favor de la Municipalidad Distrital de Laredo por el monto de S/. 500,000.00 (Quinientos mil y 00/100msoles; Que, en Sesión Ordinaria Virtual de fecha 30 de junio de 2021 el Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional la aprobación de la transferencia fi nanciera en el presente año fi scal 2021, a favor de la Municipalidad Distrital de Laredo por la suma de S/500 000.00 (quinientos mil y 00/100 soles), destinados a la ejecución del IOAAR con CUI Nº 2516665 “Adquisición de planta generadora de oxígeno medicinal y generador eléctrico, construcción de losa en el EESS distrital Laredo- Laredo, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son trasferidos, a fi n que, se acuerde su aprobación por el Pleno del Consejo Regional, el mismo que contó con la participación del Gerente Regional de Presupuesto, Gerente Regional de Salud Responsable de la O fi cina Plani fi cación de la GERESA ALey Herrera Domínguez, Gerente Regional de Asesoría Jurídica y Gerente General Regional, también expuso el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Laredo, cuyo debate e intervenciones constan en el acta correspondiente a la presente sesión; Que, en virtud del principio de buena fe, del principio de con fi anza mutua y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que, conforme a la labor remota que vienen realizado los órganos administrativos del Gobierno Regional de La Libertad, conforme a los lineamientos dictados por el estado en el marco de la emergencia ocasionada por el COVID-19, la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante correos electrónicos institucionales; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR, la transferencia fi nanciera en el presente año fi scal 2021, a favor de la Municipalidad Distrital de Laredo por la suma de S/500 000.00 (quinientos mil y 00/100 soles), destinados a la ejecución del IOAAR con CUI Nº 2516665 “Adquisición de planta generadora de oxígeno medicinal y generador eléctrico, construcción de losa en el EESS distrital Laredo- Laredo, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son trasferidos Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso m) del numeral 16.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, así como disponer las acciones necesarias