Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2021 (03/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 201

201 NORMAS LEGALES Sábado 3 de julio de 2021 El Peruano / Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de Jesús María, servidor contratado bajo los alcances del régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y normas complementarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Subgerencia de Recursos Humanos, a la Gerencia de Administración, a la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y demás unidades orgánicas que resulten competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación del integro de la presente resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCIA GODOS Alcalde 1968607-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Disponen el embanderamiento y embellecimiento del distrito de San Luis DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2021-DA/MDSL San Luis, 22 de junio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:El Informe Legal Nº 210-2021-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 121-2021-MDSL-SGIIPV de la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal; sobre el embanderamiento en el Distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, el numeral 16 del artículo 82 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que es deber de los gobiernos locales destacar y promover los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos; así como a fi rmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios, así como promover el mantenimiento, limpieza, conservación y mejoramiento del ornato local; Que, en ese sentido es necesario mencionar que la administración municipal fomenta los valores cívicos de nuestros vecinos, incentiva el amor a la patria y a nuestros símbolos patrios, como lo es la bandera nacional; y estando a que el próximo 28 de julio de 2021, se conmemoran el Bicentenario de la Proclamación de la Independencia del Perú, gesta en donde miles de peruanos ofrendaron su vida; fecha propicia para embanderar el distrito por su patriótico signi fi cado, recordando el valor y heroísmo de nuestro próceres y precursores en la independencia de nuestra patria; Que, al respecto la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal mediante Informe Nº 210-2021-MDSL-SGIIPV, propone el embanderamiento en el distrito de San Luis que cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 210-2021-MDSL/GAJ; Que, siendo política de esta gestión municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, incentivar la participación cívica del vecindario, así como fomentar la conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades; siendo uno de ellos el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de San Luis; es necesario emitir el acto administrativo correspondiente; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO y EMBELLECIMIENTO del distrito de San Luis, desde el 01 al 31 de julio de 2021, a todos los predios públicos o privados, vivienda, comercial o industrial, con motivo de celebrarse el Bicentenario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el estricto cumplimiento del Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA Alcalde 1968315-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban el Reglamento que Declara y Regula las Zonas Rígidas en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima ORDENANZA MUNICIPAL Nº 11-2021-MPC Cañete, 11 de mayo de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 11 de mayo de 2021; Informe Nº 228-2020-GT-MPC, de fecha 29 de diciembre de 2020, la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, sobre Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento que Declara y Regula las Zonas Regidas en el Distrito de San Vicente de Cañete, Provincia de Cañete, Departamento de Lima; Informe Legal Nº 176-2021-GAJ-MPC, de fecha 12 de abril de 2021, de Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias por Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 30305, expresa