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153 NORMAS LEGALES Viernes 9 de julio de 2021 El Peruano / representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, solicita se adopte las acciones del caso de información a la población respecto a la suspensión del proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2022; Que, mediante Informe Legal Nº 140-2021-MDMP/GAJ, ampliado con el Informe Legal Nº 228-2021-MDMP/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del correspondiente análisis legal, opina que resulta procedente disponer la suspensión del proceso del presupuesto participativo basado en resultados para el año 2022; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 20º numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- SUSPENDER las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2022, según lo expuesto en la parte considerativa del presente decreto de alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y a la Subgerencia de Plani fi cación y Programación de Inversiones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseJADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 1970391-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 162-2021-MDMP Mi Perú, 24 de mayo del 2021LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: El Memorando Nº 365-2021-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 192-2021-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 063-2021-MDMP-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 445-2021-MDMP-GAF-SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Informe Nº 022-2021-MDMP/RFMC del Especialista en Gestión de Recursos Humanos; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva establece que la designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos, asimismo, el numeral 7.2) de la norma precedente establece que tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27204, precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados según el régimen laboral de la entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº 26979, no implica que dichos sean de con fi anza;Que, mediante Informe Nº 063-2021/MDMP-GAT la Gerencia de Administración Tributaria, teniendo en cuenta el Informe Nº 445-2021-MDMPGAF-SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, re fi ere que en el Proceso de Selección CAS Nº 002-2021-Ejecutor Coactivo, se declaró ganador al Abg. Carlos Alfredo Jiménez Llallico en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, por lo que corresponde emitir resolución de designación, con e fi cacia anticipada a partir del 09 de abril del 2021, por parte la máxima autoridad administrativa de acuerdo al artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Legal Nº 192-2021/MDMP- GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que es pertinente traer a colación la posición técnica expresada por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil a través de su Informe Nº 726-2019-SERVIR/GPGSC según la cual los procesos de selección para vincular personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057 no necesitan ser aprobados por el Concejo Municipal por tratarse de una modalidad de vinculación inexistente en el ordenamiento jurídico peruano al momento de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, careciendo de sentido involucrar al citado colegiado en la elaboración de bases de cada proceso, asimismo teniendo en cuenta que la solicitud de designación se sustenta en los resultados del Proceso CAS Nº 002-2021/Ejecutor Coactivo convocado para la Contratación Administrativa de Servicios por Suplencia de Ejecutor Ejecutivo, señala que es perfectamente válido y legal expedir el referido dispositivo municipal que designe, con e fi cacia anticipada al 09 de abril del 2021, al Abg. Carlos Alfredo Jiménez Llallico, en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, por otro lado precisa que la resolución de designación deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano conforme lo establece la parte, in fi ne, del artículo 44º de la Ley Nº 27972, a efectos que surta todos sus efectos legales; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, con e fi cacia anticipada, a partir del 09 de abril del 2021, al Abg. CARLOS ALFREDO JIMENEZ LLALLICO en el puesto de EJECUTOR COACTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ, bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley especí fi ca de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS y a la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS el cumplimiento de la presente Resolución en cuanto sea de su competencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú: www.munimiperu.gob.pe de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 1970390-1 Designan Auxiliar Coactivo Tributario y No Tributario de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 183-2021-MDMP Mi Perú, 2 de junio del 2021