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145 NORMAS LEGALES Viernes 9 de julio de 2021 El Peruano / DECRETA: Artículo Primero: APROBAR la adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pachacámac en cumplimiento del Decreto Supremo Nº043-2021-PCM, que modi fi ca nueve (09) procedimientos administrativos y un (01) servicio prestado en exclusividad, y su Anexo que forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo: PRECISAR que la modi fi cación a la que hace referencia el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía implica la adecuación de la denominación de los procedimientos administrativos y servicio prestado exclusividad, base legal, requisitos entre otras especi fi caciones de conformidad al Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM. Artículo Tercero: PRECISAR que la modi fi cación a la que hace referencia el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía no implica la incorporación de nuevos procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos; ni el aumento de plazos y derechos de tramitación. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la O fi cina de Gestión de Riesgo de Desastre y Defensa Civil, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Decreto y su Anexo. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y la publicación del Texto Íntegro y de su Anexo en el Portal web de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www.munipachacamac.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1970486-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Disponen el embanderamiento general obligatorio de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2021-MPL Pueblo Libre, 7 de julio del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el 28 de julio del 2021 se conmemora el Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, para celebrar este acontecimiento, el gobierno Local debe incentivar y cultivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, así como el respeto, realce y exaltación de los Símbolos de la Patria;ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 Y EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general obligatorio de los inmuebles del distrito de Pueblo Libre, desde el 08 al 31 de julio del 2021, con motivo de conmemorarse el Bicentenario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de Pueblo Libre, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen institucional la difusión del presente Decreto y a la Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana, su observancia y cumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el diario ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el portal electrónico de la Municipalidad: www.muniplibre.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.perú.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplaseSTEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1970791-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Aprueban Ordenanza que establece el regimen de extraccion de materiales no metalicos ubicados en los alveos, cauces de los ríos y canteras en lajurisdiccion del distrito de Punta Hermosa ORDENANZA Nº 432-MDPH Punta Hermosa, 30 de junio de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA. VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de junio de 2021, el Informe Nº 039-2021-GR/MDPH de fecha 25 de junio de 2021, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 168-2021-SGRH-GAF/MDPH de fecha 15 de marzo de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el Informe Nº 526-2021-SGLyCP-GAF/MDPH de fecha 22 de marzo de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, el Informe Nº 54-2021-GAJ/MDPH de fecha 28 de junio de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad al artículo 192º, modi fi cado por la ley Nº 27680 y el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes Nº 28607 y Nº 30305, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se tiene que, los Gobiernos Locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejercen la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial;