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213 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / confi able, predecible y de bajo costo; y otorgándote lo información requerida en forma oportuna; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fi n de contar con un instrumento actualizado que facilite lo difusión al público de los mismos; Que, con Informe Nº 791-2020-MPH-BCA/GAJ, de fecha 28.12.2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, determina que se declare PROCEDENTE la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc-Bambamarca; Por los fundamentos expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 20º, numeral 6), y 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVEArtículo Primero.- APROBAR, del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, cuyos requisitos y costos se detallan en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas, y demás Gerencias y Sub Gerencias de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Resolución en el Diario O fi cial de mayor circulación y encargar a la Sub Gerencia de Tecnología y Sistemas de Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca (www.munibambamarca.gob.pe). Artículo Cuarto.- DISPONER la vigencia de la presente Resolución Municipal al día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial y en la página de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ Alcalde Provincial 1976262-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Tratado entre la República del Perú y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Grados Académicos TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE SOBRE DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE TÍTULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADÉMICOS La República del Perú y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en adelante denominados “las Partes”, Con el propósito de fortalecer las relaciones entre los pueblos de ambos países, cooperar en el sector educativo y promover la movilidad académica y profesional bilateral, Con el objetivo de establecer mecanismos e ficientes de mutuo reconocimiento de títulos profesionales y grados académicos otorgados por ambas Partes. HAN ACORDADO LO SIGUIENTE : ARTÍCULO 1 El objetivo del presente tratado es reconocer y conceder validez a los títulos profesionales y grados académicos, otorgados por Instituciones de Educación Superior o ficialmente reconocidas y autorizadas por ambas Partes. ARTÍCULO 2 Ámbito de Aplicación 2.1. En el caso del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte los títulos incluidos en este tratado son grados de Bachelor degree, Master’s degree y Doctoral degree otorgados por Instituciones Reconocidas (Recognised Bodies) y aquellas instituciones educativas para las cuales el antiguo Consejo de Títulos Académicos Nacionales ( Council for National Academic Awards ) era el organismo de otorgamiento de títulos entre 1964 y 1993. 2.2. En el caso de la República del Perú, los títulos profesionales y grados académicos incluidos en este Tratado son el grado de Bachiller / Título Profesional, Título de Segunda Especialidad Profesional (excepto los programas de residentado médico, los cuales se rigen por sus propias normas), el grado de Maestro y el grado de Doctor/a, otorgados por universidades, instituciones de educación superior universitaria e instituciones y escuelas de educación superior que otorgan grados y títulos equivalentes a los otorgados por las universidades listadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). 2.3. El procedimiento de reconocimiento de títulos profesionales y grados académicos se realizará atendiendo a la legislación vigente en cada país, y se desarrollará mediante los procedimientos y criterios descritos en el anexo 3 y 4 del presente tratado. 2.4. El presente tratado no abarca las carreras cuyo reconocimiento no sea permitido por la legislación nacional respectiva. 2.5. Respecto a los estudios parciales o incompletos, las decisiones sobre convalidación de créditos de éstos serán responsabilidad exclusiva de las instituciones de educación superior receptoras y autorizadas para tales efectos, acorde a sus reglamentos vigentes. Este tratado no incluye estudios parciales o incompletos. ARTÍCULO 3 Organismos de Gobierno responsables de la implementación del Tratado y Puntos de Contacto Designados 3.1. El Ministerio de Educación de la República del Perú, a través de la SUNEDU y el Departamento de Negocios, Energía y Estrategia Industrial ( Department of Business, Energy and Industrial Strategy – BEIS ) del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por su propia representación y en representación de las Administraciones Delegadas, son los Organismos de Gobierno Designados que se encargarán de establecer lineamientos, modi ficaciones y mecanismos de solución relacionados con el presente Tratado. 3.2. Cada Parte deberá mantener Puntos de Contacto Designados para la emisión oportuna de los documentos oficiales de reconocimiento relativos a los títulos profesionales y grados académicos otorgados por aquellas instituciones de educación superior de la otra Parte a las cuales se refieren el Artículo 2.1 y Articulo 2.2 del presente tratado. El Ministerio de Educación, a través de la SUNEDU y el Centro Nacional de Información para Reconocimientos del Reino Unido (UK NARIC, por sus siglas en inglés) del Reino Unido