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79 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del SINAPLAN; Que, mediante Resolución Ministerial N° 308-2020-TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del pliego 0012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y a través de la Resolución Ministerial Nº 001-2021-TR, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 6.3 de la sección 6, de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, establece las circunstancias que ocasionan la modi fi cación del POI Anual en ejecución, precisando que: “Si el POI Anual es afectado, la entidad realiza su modi fi cación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución”; Que, mediante Acta N° 004-2021-CPEMTPE, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conformada mediante Resolución Ministerial N° 073-2018-TR, acuerda por unanimidad validar el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”; Que, en ese sentido, a través del Memorando Nº 0614- 2021-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 0273-2021-MTPE/4/9.1 emitido por la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, en el cual se expresa opinión técnica favorable a la propuesta de “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”; Con las visaciones de los Despachos Viceministeriales de Trabajo, y de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/ PCD de la de Presidencia de Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y la Resolución Ministerial N° 006-2021-TR, que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, durante el Año Fiscal 2021; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Apruébase el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a los Reportes del POI obtenidos del Aplicativo CEPLAN V.01 que, como Anexos, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Cumplimiento Los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comprendidos en la modi fi cación que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad, al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3.- Seguimiento y evaluación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución y de sus Anexos en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN MARIA MARROU GARCIA Secretaria General 1976691-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la Obra: Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul - Ica, de la Carretera Panamericana Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 736-2021-MTC/01.02 Lima, 26 de julio de 2021VISTO: La Nota de Elevación N° 165-2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional–PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana – Cerro Azul–Ica, de la Carretera Panamericana Sur; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Texto Ú nico Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisició n y Expropiació n de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberació n de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecució n de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de Obras de Infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de