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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (09/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de junio de 2021 / El Peruano trate de Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u otra entidad pública habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el diario o fi cial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, en ese sentido, corresponde a la Municipalidad Provincial de Ica crear el Comité Promoción de la Inversión Privada y designar a sus miembros, en concordancia con lo previsto por la normativa vigente; Que, mediante Informe Legal Nº046-2021-GAJ- MPI/MVST, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se designe mediante Resolución de Alcaldía al Comité de Promoción de la Inversión Privada – CPIP de la Municipalidad Provincial de Ica, toda vez que, se enmarca en lo previsto por la normatividad de la materia; Que, estando a lo expuesto y en uso de la facultad conferida por la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº240-2018-EF; contando con los vistos correspondientes y con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONSTITUIR el COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA – CPIP DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, encargado de diseñar, conducir y concluir los procesos de promoción de la inversión privada mediante las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, el cual estará conformado de la manera siguiente: PRESIDENTE Luis Humberto Vásquez Cornejo Gerente de Presupuesto, Plani fi cación y Racionalización PRIMER MIEMBROJuan José Soto Loza Gerente de Asesoría Jurídica SEGUNDO MIEMBROWilliam Wilfredo García Girao Gerente de Desarrollo Urbano Artículo Segundo.- ESTABLECER que el COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA – CPIP de la Municipalidad Provincial de Ica, es un órgano colegiado que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa aplicable, y asume los siguientes roles: 1. Organismo Promotor de la Inversión Privada de la Municipalidad Provincia de Ica, en los procesos de promoción de la inversión privada bajo su competencia, ejerciendo las funciones necesarias para conducir y concluir dichos procesos. 2. Órgano de Coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a dicha entidad; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simpli fi cación de la inversión. Artículo Tercero.- REMITIR la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Ica. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMMA LUISA MEJÍA VENEGAS Alcaldesa 1960583-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA Aceptan donación de inmueble otorgado por la Comunidad Campesina de la Candelaria, que será utilizado para la ejecución del Proyecto “Creación Parque Infantil en la C.C. Candelaria del C.P. La Quinua del Distrito de Yanacancha - Provincia de Pasco Departamento de Pasco” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0123-2021-ALC-MDY-PASCO. Yanacancha, 12 de mayo de 2021.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA VISTO:Que, mediante Memorando de Alcaldía Nº 0153-2021- ALC/MDY-PASCO, de fecha 12 de mayo de 2021, Carta Nº 094-2021-ALC/MDY-PASCO, de fecha 12 de mayo de 2021 de la Secretaria General, Acuerdo de Consejo Nº 074-2021-CM-MDY-PASCO, de fecha 12 de mayo de 2021; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Estado, establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a lo dispuesto en el inc. 6) del artículo 20º, concordante con lo dispuesto en el artículo 43º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, prescriben como una de las atribuciones del Alcalde la de dictar Resoluciones de Alcaldía y por la cuales aprueba y resuelve, los asuntos de carácter administrativo; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que el numeral 20 del artículo 9º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal, aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra libertad; Que, el artículo 64º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “Las municipalidades por excepción pueden donar o permutar bienes de su propiedad a los Poderes del Estado o a otros organismos del Sector Publico. “Las donaciones de bienes a favor de una municipalidad están exoneradas de todo impuesto, conforme a la Ley de la materia, así como el pago de los derechos registrales y derechos arancelarios cuando los bienes provienen del extranjero”; Que, mediante O fi cio Nº 901-2021/VIVIENDA-VMVU- PMIB, de fecha 08 de abril del 2021, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite el resultado de la evaluación de los expedientes técnicos de los proyectos de Inversión: “Mejoramiento de los servicios de transitabilidad en las calles de las localidades de Santa Rosa de Pitic, La Candelaria, San Miguel y la Quinua, del Centro Poblado de la Quinua, Distrito de Yanacancha – Pasco – Pasco”, CUI 2301177; “Creación Parque Infantil en la C.C. Candelaria del C.P. La Quinua del Distrito de