TEXTO PAGINA: 83
83 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de junio de 2021 El Peruano / educativos y otros actos que redunden en bien de la educación. 2. Gestionar la incorporación y desarrollo de nuevas tecnologías para el mejoramiento del sistema educativo. 3. Gestionar organizar y sostener los centros culturales, bibliotecas, teatros, talleres de arte, etc. 4. Promover la cultura de la prevención del medio ambiente. 5. Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n en cooperación con las entidades competentes. 6. Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, limpieza y de creación destinados a adultos mayores de la localidad. 7. Fomentar el deporte y la recreación de la niñez y vecindario en general, construcción de campos deportivos y recreacionales. 8. Promover actividades culturales diversas. IV. Abastecimiento y Comercialización de Productos y Servicios: 1. Realizar el control de pesos y medidas.V. Defensa y Promoción de Derechos:1. Gestionar, plani fi car y concertar el desarrollo social para superar la pobreza. VI. Seguridad Ciudadana:1. Establecer una seguridad ciudadana a través de rondas campesinas o similares de acuerdo a ley. Artículo Quinto.- Los recursos presupuestales asignados a la Municipalidad del Centro Poblado Lúcumo, son las siguientes: Por parte de la Municipalidad Distrital de Lagunas:- 50% de una (01) Unidad Impositiva Tributaria (UIT). - Una (01) dieta mensual a favor del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado Lúcumo, equivalente a S/.351.00 (Trescientos Cincuenta y Uno con 00/100 soles). Por parte de la Municipalidad Provincial de Ayabaca: - 50% de una (01) Unidad Impositiva Tributaria (UIT).Artículo Sexto.- PATRIMONIO MUNICIPAL Constituyen patrimonio municipal los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad, conforme lo estipula los artículos 55º y 56º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Además se considera como recursos de la Municipalidad de Centro Poblado Lúcumo, lo siguiente: 1) Las transferencias que deberá aprobar la Municipalidad Provincial de Ayabaca mediante Ordenanza, en proporción a su población y los servicios públicos delegados de acuerdo a lo expresado en el artículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972. 2) Las transferencias a través de las rentas, facultadas a recaudar y que se precisan en la presente ordenanza. 3) Las demás que le asignará la Ley y la Municipalidad Distrital de Lagunas. Según disposiciones de las materias vigentes y aplicables. Dichas transferencias servirán para el cumplimiento de las prestación de los servicios públicos delegados a su población y que son con cargo a rendición de cuentas en forma mensual, respecto de los importes que reciban y recauden, bajo responsabilidad del Alcalde del Centro Poblado y las que en caso serán consideradas dentro de los alcances del Artículo 133º de la Ley 217972 - Ley Orgánica de Municipalidades.Artículo Séptimo.- DESIGNACIÓN Y PERIODO DE AUTORIDADES La Municipalidad del Centro Poblado Lúcumo, está conformada por un (01) Alcalde delegado y cinco (05) Regidores que serán elegidos por un periodo de cuatro (04) años, conforme a la ordenanza que dicta la Municipalidad Provincial de Ayabaca. El Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado y los Regidores son proclamados por el Alcalde de la Municipalidad Provincial, rati fi cando el resultado de las elecciones convocadas para tal fi n. Artículo Octavo.- DESIGNAR al Concejo Municipal Transitorio de la Municipalidad del Centro Poblado Lúcumo, del Distrito de Lagunas, Provincia de Ayabaca y Departamento de Piura, que ejercerá funciones hasta la asunción de las autoridades que sean elegidas, quedando integrado de la siguiente manera: - LUIS ALBERTO GARCES MONTALVAN : ALCALDE - NABAL RIMBALDO REMAYCUNA LOPEZ : PRIMER REGIDOR- TEMISTOCLES MARCHENA AGUILAR : SEGUNDO REGIDOR- MARIA BERENIA CORDOVA AGUILAR : TERCERA REGIDORA- JORGE CORDOVA CORDOVA : CUARTO REGIDOR- ANDREA QUISPE CASTILLO : QUINTA REGIDORA Artículo Noveno.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ADMINISTRATIVA La Municipalidad de Centro de Poblado Lúcumo, deberá contar con una estructura organizativa que responda a las competencias establecidas en la presente Ordenanza. Artículo Décimo.- ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL La administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior. El mismo se rige por los principios de legalidad, economía. Transparencia, simplicidad, e fi cacia, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana y adecuarse a lo dispuesto a la ley del procedimiento administrativo general Ley Nº 27444. Artículo Décimo Primero.- ESTRUCTURA MUNICIPAL BÁSICA 1. La estructura municipal básica de la Municipalidad de Centro Poblado Lúcumo, comprenderá: el órgano de gobierno, constituido por el concejo municipal, la alta dirección constitución por la alcaldía y el órgano administrativo, que básicamente estará a cargo del despacho de alcaldía, hasta que la municipalidad ostente sufi cientes recursos para contratar a un administrador permanente, siendo que las labores de apoyo y de línea serán realizadas por servidores que la municipalidad del centro poblado contratará de acuerdo a los recursos asignados y recaudados. Artículo Décimo Segundo.- EL RÉGIMEN de la Organización Interna del Centro Poblado Lúcumo, Distrito de Lagunas, será determinado en concordancia con las normas que para el efecto ha emitido el Gobierno Central para las Municipalidades y de acuerdo a las necesidades de su población. Artículo Décimo Tercero.- DE LA CONVOCATORIA A ELECCIONES La Convocatoria a Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Lúcumo, se realizará dentro de noventa (90) días naturales de promulgarse la presente Ordenanza. Las demás elecciones se regirán de acuerdo a ley. Artículo Décimo Cuarto.- DISPONER que queda terminantemente prohibido utilizar los recursos transferidos a la Municipalidad del Centro Poblado Lúcumo, fuera del marco legal. Artículo Décimo Quinto.- El establecimiento de tasas o arbitrios y contribuciones, deberá regirse por