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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (16/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de junio de 2021 El Peruano / Visitas Guiadas y No Guiadas para la Exposición en la Casa de la Respuesta; CONSIDERANDO:Que, el inciso 43.4 del artículo 43° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, con Resolución N° 611-2011-RASS del 16.06.2011, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, norma que consolida los servicios no exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, que fuera modi fi cado posteriormente mediante la Resolución N° 140-2012-RASS del 16.02.2012; la Resolución N° 730-2015-MSS del 16.07.2015, la Resolución N° 940-2015-MSS del 11.09.2015, la Resolución N° 422-2017-MSS del 25.04.2017, la Resolución N° 517-2017-MSS del 22.05.2017, la Resolución N° 1138-2017-MSS del 17.11.2017, la Resolución N° 1159-2017-MSS del 17.11.2017, la Resolución N° 1215-2017-RASS del 13.12.2017, la Resolución N° 582-2018-RASS del 14.06.2018, la Resolución N° 1084-2018-RASS del 27.11.2018, la Resolución N° 949-2019-RASS del 19.09.2019, la Resolución N° 830-2020-RASS del 02.12.2020 y la Resolución Nº 297-2021-RASS del 19.04.2021; Que, la Gerencia de Desarrollo Social, mediante el Memorándum Nº 327-2021-GDS-MSS del 07.05.2021, remite la propuesta de modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, cuya estructura de costos fue elaborada por la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte a través del Informe Nº 198-2021-SGECTD-GDS-MSS y complementado con el Memorándum Nº 256-2021-SGECTD-GDS-MSS, indicándose que el servicio de alquiler y grabación en las salas de Surco Stereo y el servicio de visitas guiadas y no guiadas para la exposición Museo Casa de la Respuesta son espacios de aprendizaje, formación y desarrollo de habilidades educativas y culturales para los participantes en lo que respecta a la contribución de una comunidad surcana identi fi cada con las artes musicales y el turismo vivencial de la historia de nuestra nación peruana, además que ello favorecerá a la entidad en la percepción de ingresos por el uso de esos servicios; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante el Memorándum N° 2303-2021-GAF-MSS del 21.05.2021, remite y hace suyo el Informe N° 168-2021-SGCC-GAF-MSS de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, a través del cual dicha unidad orgánica emite opinión favorable respecto de la modi fi cación del TUSNE que incluye los servicios mencionados por la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, asimismo, considera conforme la propuesta de estructura de costos presentada, según numeración TUSNE 06.05.01, 06.05.02, 06.05.03, 06.05.04, 06.06.01, 06.06.02 y 06.06.03; asimismo, la referida Gerencia, mediante el Memorándum Nº 2502-2021-GAF-MSS del 02.06.2021, remite el Informe N 180-2021-SGCC-GAF de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, a través del cual dicha unidad orgánica adjunta la propuesta del cuadro TUSNE en el que se incluye los servicios mencionados; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 476-2021-GAJ-MSS del 24.05.2021, señala que el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante Resolución N° 611-2011-RASS del 16.06.2011 y sus modi fi catorias, es un documento recopilador que consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad y estando la propuesta presentada por la Gerencia de Administración y Finanzas, a través del cual se propone la modi fi cación del TUSNE, opina que resulta procedente efectuar su modi fi cación con las formalidades legales que corresponde; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum N° 1550-2021-GM-MSS del 25.05.2021, complementado con el Memorándum N° 1651-2021-GM-MSS del 03.06.2021, mani fi esta su conformidad con la modi fi cación del TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, motivo por el cual solicita la emisión de la correspondiente Resolución de Alcaldía; Estando al Informe N° 476-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y demás actuados, de conformidad a los considerandos y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación al Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Resolución N° 611-2011-RASS y modi fi catorias, incorporando los servicios que se brindarán a través de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, correspondientes al Servicio de Alquiler y Grabación en las Salas de Surco Stereo y el Servicio de Visitas Guiadas y No Guiadas para la Exposición Museo Casa de la Respuesta, los cuales se detallan en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Resolución y el Anexo Nº 01 en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe), en la misma fecha de la publicación o fi cial, para su difusión. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1962999-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA Crean la Municipalidad del Centro Poblado Lúcumo, distrito de Lagunas, provincia de Ayabaca, departamento de Piura ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2021-MPA-“CM” Ayabaca, 18 de marzo del 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 006 de fecha 18 de marzo del 2021, el Acuerdo de Concejo Nº 020-2021-MPA-“C” de fecha 18 de marzo del 2021, emitida por el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, donde se aprobó POR UNANIMIDAD DAR OPINION FAVORABLE, sobre las materias delegadas y los recursos asignados para la creación de