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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (17/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 153

153 NORMAS LEGALES Jueves 17 de junio de 2021 El Peruano / Que, la Secretaría General, mediante Informe Nº127-2021-SG/MDL, de fecha 14 de mayo del 2021, eleva al despacho de Alcaldía la propuesta de un nuevo Reglamento Interno de Concejo, ya que el RIC actual aprobado mediante Ordenanza Nº 143-ML de fecha 30 de enero del 2007, norma que solo ha sido modi fi cada mediante la Ordenanza Nº394-2020/ML de fecha 29 de enero de 2021, incorporó la realización de sesiones de concejo en forma virtual por ello, a fi n que se actualice su redacción volviéndola más clara y simple, asimismo, incorporar nuevas comisiones permanentes de regidores de la Municipalidad Distrital de Lurín; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº148-2021-GAJ/MDL, de fecha 14 de mayo de 2021, opina que resulta legalmente procedente la aprobación del nuevo Reglamento Interno de Concejo” propuesto por la Secretaria General, que consta de IV Títulos, 97 artículos y 03 Disposiciones Finales; Que, mediante Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Legales, Nº018-2021-CPAL-REG/MDL, de fecha 17 de mayo de 2021, expresa dictamen favorable sobre el proyecto de “Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Lurín” dictaminando a favor y por unanimidad los Regidores Abg. Bárbara Margarita Altamirano Gamarra, Abg. José Enrique Cieza y Abg. Jasmin Margoth Mallqui Onofre; Que, en sesión ordinaria de concejo de fecha 21 de mayo de 2021 se aprobó el proyecto de ordenanza que aprueba el Nuevo Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad de Lurín; Que, conforme al Art 41º de la norma acotada, los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, teniendo en cuenta las atribuciones otorgadas al Concejo Municipal por la Ley Orgánica de Municipalidades, es necesaria la promulgación de un nuevo Reglamento Interno del Concejo Municipal del Distrito de Lurín, a fi n de regular los procedimientos y gestiones internas del mismo con e fi ciencia y e fi cacia, dotándolo de una estructura acorde a Ley, que permita su interpretación y uso adecuado para una gestión municipal moderna; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 41º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; con el Voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; DISPOSICIONES FINALES Artículo 1º.- APROBAR la “ORDENANZA que aprueba el Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Lurín” la misma que consta de IV títulos, 97 artículos, 03 disposiciones fi nales, conforme a los considerandos expuestos. Artículo 2º.- DEROGAR la Ordenanza Nº143-ML que aprobó el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Lurín y norma modi fi catoria (Ordenanza Nº 394-2020- ML), y toda norma municipal que se oponga a la presente. Artículo 3º.- FACULTAR al Alcalde, para que, mediante Decreto de Alcaldía, regule las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaria General la notifi cación del Reglamento Interno del Concejo Municipal del Distrito de Lurín a los miembros del Concejo Municipal. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Informática la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurín.POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en el Distrito de Lurín, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO AMADOR JULCA MIDEYROS Alcalde 1963725-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA Aprueban inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP de predio ubicado en la ciudad de Nueva Cajamarca, a favor de la Municipalidad (Se publica el presente Acuerdo de Concejo a solicitud de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, mediante O fi cio Nº 166-2021-A/MDNC, recibido el 15 de junio de 2021) ACUERDO DE CONCEJO Nº 81-2018-A/MDNC NUEVA CAJAMARCA, 31 DE OCTUBRE DE 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA. VISTO: El acta de sesión ordinaria Nº 20-2018, de fecha 20 de octubre de 2018, a convocatoria del señor alcalde Luis Gilberto Nuñez Sanchez, reunidos los señores regidores: Felícita Ruiz de Herrera, Juan Mihuel Moreno Ruiz, José Orlando Vera Villacorta, Reynaldo Maldonado Jara, María Yovany Guevara Pérez, María Elizabeth Cabrera Pérez, Carlos Alberto Hidalgo Sánchez, aprobó el presente acuerdo, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la constitución Política del Estado; dispone; Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa de los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en facultad de ejercer actos de Gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, en mérito al CONVENIO Nº 012-2014-A// MPR – DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD, suscrito entre la Municipalidad Provincial de Rioja y la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, de fecha 19 de junio del 2014, en la cual la cláusula primera, inciso1.2.3 establece que: Mediante ordenanza Municipal Nº 024 – CM/MPR, de fecha 18 de noviembre del 2013, la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA dispone delegar a favor de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA, sus facultades en materia de SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL de las posesiones informales de predios para viviendas, ubicados en el ámbito de la jurisdicción distrital de su competencia; como también en la cláusula Cuarta del objeto del convenio establece: La delegación de facultades por parte de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA para la expedición de Títulos de Propiedad de TERRENOS MUNICIPALES INSCRITOS Y