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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (17/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 152

152 NORMAS LEGALES Jueves 17 de junio de 2021 El Peruano / LÍNEA DE ACCIÓN 08: ORNATO Y SEGURIDAD VIAL 8.1: UNIDADES MOTORIZADAS Y/O CHATARRAS Código InfracciónProcedimien- to PrevioEs- calaMonto de la MultaMedida Correctiva 08-0101Por abandonar en vías o espacios públicos por más de siete (07) días, vehículos o unidades motorizadas, carrocerías y/o chatarras con o sin placa de rodaje con signos de no estar en condiciones de movilizarse.Descargo L 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT 08-0102Por estacionar unidades motorizadas con o sin placa de rodaje sobre veredas, jardín de aislamiento y/o bermas, de forma total o parcial, que entorpezcan el libre desplazamiento o cuya ubicación limite la entrada o salida de vehículos de los prediosEjecución inmediata de medida correctivaL 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT 08-0103Por estacionar unidades motorizadas con o sin placa de rodaje que obstruyan las rampas de accesibilidad para las personas con discapacidad ubicadas en las veredas.Ejecución inmediata de medida correctivaL 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT 08-0104Por estacionar unidades motorizadas con o sin placa de rodaje en la calzada que obstruyan la libre circulación de los carriles autorizados y/o generen di fi cultad para la libre circulación.Ejecución inmediata de medida correctivaL 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT 08-0105Realizar lavado de vehículos en la vía pública y/o obstaculizar la ciclovíaEjecución inmediata de medida correctivaL 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT 08-0106Efectuar actividades comerciales, reparación mecánica y/o servicios en general de todo tipo de bienes en la vía pública.Ejecución inmediata de medida correctivaL 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT 08-0107Por obstaculizar la vía pública con maquinarias de construcción afectando el libre tránsito vehicular y/o peatonalEjecución inmediata de medida correctivaL 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT08-0108Estacionar unidades motorizadas con o sin placa de rodaje sobre áreas verdes de uso público.Ejecución inmediata de medida correctivaL 0.25 UITInternamiento (Veh. Pesado) 0.1418 UIT (Veh. Liviano) 0.0341 UIT Custodia Veh. Pesado 0.0054 UIT Veh. Liviano 0.0027 UIT 1963492-1 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Aprueban el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Lurín ORDENANZA MUNICIPAL Nº 421-2021/MDL Lurín, 21 de mayo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURÍN VISTOS: El Acuerdo de Concejo Nº025-2021/MDL de fecha 21 de mayo de 2021 aprobado en sesión ordinaria de concejo, el Dictamen Nº018-2021-CPAL-REG/MDL, de fecha 17 de mayo del 2021 emitido por la Comisión Permanente de Asuntos Legales, sobre aprobar el proyecto de “Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Lurín”, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º,194º y 203º de la Constitución sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Locales, establece que las Municipalidades Distritales son Órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que según lo dispuesto por el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8 del artículo 9º, de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº27972, indica que es atribución del Concejo municipal” Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”; Que, conforme al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº27972, señala que:” las ordenanzas de las municipalidades distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;