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154 NORMAS LEGALES Jueves 17 de junio de 2021 El Peruano / POR INSCRIBIRSE (mediante por la cual se pide aprobar la inmatriculación por ser este un predio por inscribirse), y según la cláusula novena donde especi fi ca la vigencia del convenio de 6 años estaría vigente hasta el 19 de junio del 2019. Que, el artículo segundo de la ordenanza Nº 024- 2013-CM/MPR, de fecha 18 de noviembre de 2013, establece lo siguiente: “En consecuencia por el mérito de la delegación de facultades, la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca ejercerá atribuciones para el saneamiento físico legal y/o titulación de predios ubicados en su ámbito distrital; a dicho efecto puede realizar: Actos administrativos que conlleve reconocimiento, verifi cación, titulación, independización, subdivisión, acumulaciones, recti fi caciones, recomposiciones, INMATRICULACIÓN, cambio de uso, prescripciones adquisitivas, saneamiento físico lega de posesiones informales y asentamientos humanos, zoni fi cación, catastro urbano y rural, habilitaciones urbanas en todas sus modalidades, según el reglamento Nacional de edi fi caciones (RNE), acondicionamiento territorial, renovación urbana, infraestructura urbana o rural básica, viabilidad y patrimonio histórico cultural y otras formas de distribuciones del suelo urbano dentro de su jurisdicción. Así como, el saneamiento físico legal de bienes de propiedad privada de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca. Del mismo modo, la facultad para recibir donaciones a favor de la Municipalidad. Así mismo, la suscripción de adjudicación de terrenos de propiedad municipal, todos aquellos que inscriban a favor de la misma y se encuentren dentro de la jurisdicción de Nueva Cajamarca. Que, el artículo 20º numerales 3 y 23 de la Ley Nº 27972 de la ley orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde ejecutar acuerdos de concejo municipal, bajo responsabilidad y celebrar actos contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. Que, el artículo 56º numeral 1 de la ley 27972 indican que: son bienes de las municipalidades los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; en tanto que el artículo 58º referido a la inscripción de bienes municipales en el registro de la propiedad, concordante con el primer párrafo de la octava disposición complementaria de este mismo dispositivo legal establece que: los predios que correspondan a las municipalidades, se inscriben en los registros públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente, siempre que no se encuentre inscrito a favor de terceros. Que el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la citada ley orgánica de las municipalidades establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante informe Nº 379-2018-JNTG/ DdCDUyAT/MDNC, de fecha 16 de octubre de 2018, la División de Catastro, Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, da cuenta que ha revisado y analizado el expediente presentado por el señor Euberto Cruz Maldonado, quien solicita aceptación y donación de un predio con un área de 30,110.34 m2, ubicado en el sector Las Palmeras IV etapa, con fi nes de inmatriculación, a favor de la municipalidad distrital de Nueva Cajamarca. Solicita elevar a sesión de concejo, para lo cual anexa los documentos que acredita la propiedad, certi fi cado de búsqueda catastral, plano de ubicación – localización, plano perimétrico y memoria descriptiva. Que, el área de 30,110.34 m2 ubicado frente al jirón México, que corresponde al predio urbano sector LAS PALMERAS IV ETAPA, no cuenta con partida registral, tal como lo demuestra el certi fi cado de búsqueda catastral; por lo que es necesario dar las facilidades a los pobladores del sector Las Palmeras IV etapa, para que cuenten con servicios básicos; Que estando a las consideraciones expuestas en los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica Municipales Nº 27972, la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, contando con la opinión de la oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 308-2018-OAJ/MDNC, de fecha 25 de octubre de 2018, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por mayoría; SE ACORDÓ:Artículo 1º.- APROBAR la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registro Públicos – SUNARP, del predio ubicado frente al Jr. México del sector Las Palmeras IV Etapa – ciudad de Nueva Cajamarca, distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, región San Martín, con un área de 30,110.34 m2 y un perímetro de 705.75 ml., a favor de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo 2º.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo por una sola vez, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º del reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobados por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, sin perjuicio de su publicación en el portal institucional. Artículo 3º.- DISPONER que la Gerencia de Infraestructura Desarrollo Urbano y Rural en coordinación con la División de Catastro, Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial, se encarguen de ejecutar las acciones administrativas necesarias para la inscripción del referido predio urbano ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS GILBERTO NÚÑEZ SÁNCHEZ Alcalde 1963246-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MATEO Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, requisitos, plazos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Mateo (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de San Mateo, mediante O fi cio Nº 014-2021-SG-MDSM, recibido el 16 de junio de 2021) ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2020/CM-MDSM EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MATEO DE LA PROVINCIA DE HUAROCHIRI San Mateo, 12 de noviembre de 2020 VISTO : El Concejo Municipal de San Mateo, en Sesión Ordinaria N° 021-2020 de fecha 11 de noviembre del 2020, asimismo el Informe Nº 016-2020-GM/MDSM-PH de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 201-2020-OAL/MDSM-PH de la O fi cina de Asesoría Legal, el Informe N° 002-2020-OPP/MDSM-PH de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; en relación a la necesidad de aprobar el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Mateo, y;