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39 NORMAS LEGALES Sábado 26 de junio de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la Obra: “Red Vial N° 4: Tramo Pativilca – Santa – Trujillo y Puerto Salaverry – Empalme PN1N” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 8 936,07 (OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA SEIS CON 07/100 SOLES) correspondiente al código RV4-IVS-CHOC-44, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la TasaciónDisponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del Valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. Artículo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “RED VIAL Nº 4: TRAMO PATIVILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N” N° SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO CÓDIGO: RV4-IVS-CHOC-44IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/.)AREA AFECTADA: 31.72 m2 AFECTACIÓN: PARCIAL COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL- ALFARO VENTURA RUBEN DARIO - JIMENEZ TORRES ROSABEL JACQUELINECOLINDANCIAS Y LINDEROS DEL ÁREA AFECTADA:Vértice Lado Distancia (m)WGS 84 8 936,07Este(X) Norte(Y) Norte: Colinda con parte de la posesión de Alfaro Ventura, Ruben Dario y Jimenez Torres, Rosabel Jacqueline, con una longitud de 10.67m.Sur: Colinda con la Carretera Panamericana Norte y terreno eriazo, con una longitud de 3.45 m.Este: Con la U.C. 03105 (P.E. 04044280), con una longitud de 9.03m.Oeste: Colinda con la Carretera Panamericana Norte, con una longitud de 2.82 m.A A-B 0.46 720647.5254 9095863.6417 B B-C 9.03 720647.8859 9095863.3622 - CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Informe Técnico N° 3584-2019-Z.R-V-ST/OC de la Ofi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.- CERTIFICADO DE POSESIÓN N° 25: emitido el 23 de junio del 2020 por el Juzgado de Paz de Única Nominación de Moche, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.C C-D 3.45 720646.8969 9095854.3911 D D-E 2.82 720643.4965 9095853.8370 E E-A 10.21 720641.2720 9095855.5761 1966327-1 Otorgan a LIDER TIC E.I.R.L. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 593-2021-MTC/01.03 Lima, 23 de junio de 2021 VISTO, el escrito de registro N° T-102645-2021 mediante el cual la empresa LIDER TIC E.I.R.L. solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local en la modalidad conmutado será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;