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56 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de junio de 2021 El Peruano / Que, en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 516-MDSMP, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, así como prorrogar la fecha de vencimiento, de ser el caso; Que, mediante Informe Nº 340-2021-GAJ-MDSMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que a través de Decreto de Alcaldía se prorrogue hasta el día 30 de Julio del año 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MDSMP, “Ordenanza que aprueba amnistía tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”; Estando las consideraciones expuestas y en mérito a las atribuciones conferidas en el artículo 20º numeral 6) y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 506-MDSMP; SE DECRETA;Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Julio del 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MDSMP, “Ordenanza que aprueba amnistía tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la citada norma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Orientación al Contribuyente, la Sub Gerencia de Tesorería, la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Archivo Central, y demás órganos competentes a realizar las acciones de su competencia orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; a la Gerencia de Comunicación, Imagen y Cooperación Técnica la divulgación y difusión; asimismo a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1967448-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 627-MSS, que regula la Campaña de Facilitación para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y Parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito, en atención a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2021-MSS Santiago de Surco, 25 de junio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 1819-2021-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 584-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 209-2021-GDE-MSS de la Gerencia de Desarrollo Económico y el Informe Nº 172-2021-SGCAITSE-GDE-MSS de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, que sustentan la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 627-MSS, Ordenanza que regula la Campaña de Facilitación para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito, en atención a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante la Ordenanza N° 627-MSS, publicada el 27.08.2020 en el diario o fi cial El Peruano, se regula la campaña de facilitación para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito de Santiago de Surco, en atención a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, cuya vigencia fue hasta el 31.12.2020; Que, la Sétima Disposición Transitoria y Final de la referida Ordenanza, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como para que pueda prorrogar su vigencia; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 17-2020- MSS, publicado el 31.12.2020 en el diario o fi cial El Peruano, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 627-MSS, por un periodo de seis (06) meses adicionales, el cual vence el día 30 de junio de 2021; Que, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, mediante el Informe Nº 172-2021-SGCAITSE-GDE-MSS del 11.06.2021, sustentado en el Informe Legal Nº 180-SZD-2021-SGCAITSE-GDE-MSS de la misma fecha, considera que es necesario la emisión de un decreto de alcaldía que prorrogue hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia de la Ordenanza Nº 627-MSS, toda vez que ante el actual contexto por la pandemia a razón de la COVID-19, se permitiría la regularización de las actividades económicas de los vecinos del distrito, para lo cual remite a la Gerencia de Desarrollo Económico la respectiva propuesta de decreto de alcaldía, señalando que esta se encuentra exceptuada de pre publicación, dispuesta en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, debido a que se trata de una norma que busca satisfacer las necesidades de los administrados en bene fi cio de los mismos; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, mediante el Memorándum N° 209-2021-GDE-MSS del 14.06.2021, propone ampliar el plazo de la vigencia de la Ordenanza mencionada hasta el 31 de diciembre de 2021 con la fi nalidad de facilitar a los conductores de los establecimientos comerciales y profesionales integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo y la regularización de las actividades económicas en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 584-2021-GAJ-MSS del 15.06.2021, opina que es procedente aprobar el proyecto de decreto de alcaldía que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021,