TEXTO PAGINA: 50
50 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de junio de 2021 El Peruano / 8º - Libro de Registro: “La Secretaria Técnica abrirá el “Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil” para Inscribir a las organizaciones de ámbito provincial, interdistrital y distrital interesadas en participar en la gestión del desarrollo metropolitano”, y en su Artículo 13º indica que “Las organizaciones inscritas se obligan a actualizar cualquier información siguiendo el mismo trámite establecido para la inscripción. Caso contrario su inscripción queda suspendida para todos los efectos, hasta su regularización”; Que, el Decreto Legislativo Nº 1246, aprueba medidas de simpli fi cación administrativa con respecto a los usuarios o administrados para la tramitación de sus procedimientos administrativos y para sus actos de administración interna; Que, el Decreto Legislativo Nº 1412, aprueba la “Ley de Gobierno Digital”, que tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos Nº 201-2020-PCM y Nº 008-2021-PCM y modi fi ca el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del lunes 01 de marzo de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; Que, mediante el Informe Nº 006-2021-MML/PGRLM- SRPP de fecha 25 febrero de 2021, la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, precisa que la propuesta de Plataforma Virtual para la inscripción en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, es una herramienta virtual que agiliza el registro ya existente, sin variar el procedimiento normativo establecido; Que, a través del Proveído Nº 292-2021-MML/ PGRLM-GR con fecha de recepción 01 marzo de 2021, la Gerencia Regional solicita a la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos la emisión de respuesta e informe para la aprobación de la implementación de la Plataforma Virtual para la inscripción en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, fi nalmente mediante el Informe Nº039-2021- MML/PGRLM-SRAJ de fecha 02 de marzo de 2021, la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos, concluye que a consecuencia de la revisión de los antecedentes, es necesario aprobar mediante acto resolutivo la implementación de la Plataforma Virtual para la inscripción en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, propuesto por la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con las atribuciones conferidas mediante la Ordenanza Nº 1029-MML, que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana (PGRLM), modi fi cada por la Ordenanza Nº 1140-MML, y contando con el Visto Bueno de la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, y de la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la implementación de la Plataforma Virtual para la inscripción en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, de la Municipalidad Metropolitana de Lima – Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, a desarrollar en el año 2021, el mismo que está contemplado en el Plan de Trabajo presentado por la Sugerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Subgerencia Regional de Administración y Finanzas, la publicación en el Diario Ofi cial el Peruano, del Comunicado de la Plataforma Virtual para la inscripción en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil que se desarrollará en el año 2021. Artículo 3º.- Encargar al Área de Planeamiento Estadística e informática de la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, gestionar la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana (PGRLM). Regístrese, comuníquese y cúmplase.ADALBERTO SEMINARIO MENDEZ Gerente Regional (e)Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana 1967523-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 373/ MLV, que establece beneficios para el pago de multas administrativas en el distrito de La Victoria DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2021/MLV La Victoria, 26 de junio de 2021.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: el Informe N°203-2021-GSCFCGRD/MLV de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres, el Informe N°418-2021-SGFC- GSCFCGRD/MLV de la Subgerencia de Fiscalización y Control y el Informe N°252-2021-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe mediante el dispositivo legal acotado se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 373/MLV, se establecen bene fi cios para el pago de multas administrativas impuestas por la Municipalidad hasta el 30 de Junio del 2021; asimismo se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del mencionado dispositivo legal; Que, mediante el Informe N°203-2021-GSCFCGRD/ MLV la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres y el Informe N°418-2021-SGFC- GSCFCGRD/MLV de la Subgerencia de Fiscalización y Control, sustentan la necesidad de prorrogar la vigencia de los bene fi cios para el pago de las multas administrativas hasta el 31 de julio de 2021, detallada en el anterior párrafo, con la fi nalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones a los vecinos de la jurisdicción;