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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2021 (07/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 7 de marzo de 2021 / El Peruano del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3. Designar a la señora Rosario Riofrío Espinoza, como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4. Designar a la señora Milagros Ibarra Ordoñez como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1932893-6 EDUCACION Establecen disposiciones para el año académico 2021, respecto de las plazas que resultaron desiertas en los procesos de encargatura de puesto y funciones de director general, en el marco de lo dispuesto en el literal d) del numeral 7.5 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general y puestos de gestión pedagógica de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos”, aprobado por R.VM. Nº 225-2020-MINEDU RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 064-2021-MINEDU Lima, 5 de marzo de 2021Vistos, el Expediente N° 0020155-2021, el Informe Nº 00032-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe N° 00187-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 00291-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la Política General del Estado; Que, a través de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fi scalización de los institutos de Educación Superior (IES) y de las escuelas de Educación Superior públicos y privados (EES); así como, el desarrollo de la carrera pública docente de los IES y ESS públicos; Que, conforme a lo dispuesto en el primer párrafo de la Trigésima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 30512, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, en tanto no se designe a directores generales de los Institutos de Educación Superior Tecnológica (IES), IES y Escuelas de Educación Superior Tecnológica (EEST) públicos, en el marco del Régimen de la Ley N° 30057, el ejercicio de dichos puestos se rige por la norma que regula los procesos de encargatura de puesto y/o función en plazas de director vigentes y/u otras modalidades que determine el Ministerio de Educación para tal efecto; Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30512, incorporada mediante el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 017-2020, establece que, en tanto no se implemente la selección y designación de directores o directoras generales de acuerdo al artículo 32 de la precitada ley, así como su contratación bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, se continuará encargando el puesto o función, de acuerdo a la normativa que emita el Ministerio de Educación para tal efecto. Asimismo, la referida disposición establece que aquellos directores o directoras generales encargados o encargadas de los IES que cumplan con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N° 30512, percibirán temporalmente la asignación señalada en el literal e) del artículo 94 de la misma; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 225-2020-MINEDU se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general y puestos de gestión pedagógica de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos”, cuyo objeto es establecer disposiciones, requisitos, procedimientos y criterios técnicos de evaluación que permitan la encargatura oportuna de los citados puestos, a fi n de fortalecer la gestión institucional y pedagógica de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos; Que, a través del Informe N° 00032-2021-MINEDU/ VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, sustenta la necesidad de emitir la resolución viceministerial que disponga medidas excepcionales respecto de los procesos de encargatura de puestos y funciones de directores generales a nivel nacional, llevados a cabo en el marco del documento normativo “Disposiciones que regulan los procesos de encargatura de puesto y de funciones de director o directora general y puestos de gestión pedagógica de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos”, con el fi n de habilitar mecanismos que permitan cubrir puestos vacantes que hayan sido declarados desiertos de director general de los IEST; Que, a través del Informe N° 00187-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica considera factible continuar con el trámite de aprobación de la resolución viceministerial que dispone medidas excepcionales respecto de los procesos de encargatura de puestos y funciones de directores generales a nivel nacional; por cuanto, se encuentra alineada con las orientaciones y objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y no irrogará gastos adicionales a los ya programados en el presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, asimismo, mediante Informe Nº 00291-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, opina que resulta legalmente viable emitir la resolución viceministerial que dispone medidas excepcionales respecto de los procesos de encargatura de puestos y funciones de directores generales a nivel nacional, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su emisión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; en el Reglamento de la Ley N° 30512, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU; y, en virtud de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y