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19 NORMAS LEGALES Domingo 7 de marzo de 2021 El Peruano / Ministerial N° 433-2020-MINSA, establece que la Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencia – DISAMU pone a disposición del Sector Salud los costos estándar de los procedimientos médicos o procedimientos sanitarios de la atención pre hospitalaria y del transporte asistido de pacientes como referencia para establecer el tarifario, de acuerdo a las normas legales y documentos normativos emitidos por el Ministerio de Salud; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1032- 2019/MINSA que aprueba el Documento Técnico: “Metodología para la Estimación de Costos Estándar de Procedimientos Médicos o Procedimientos Sanitarios en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud”, se establece la metodología para la estimación de los costos de los procedimientos médicos o procedimientos sanitarios en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), con la fi nalidad de contribuir con la mejora de la gestión en el uso e fi ciente de los recursos públicos que son utilizados por las IPRESS para brindar servicios de salud a la población usuaria; Que, el literal b) del artículo 108 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA y sus modi fi catorias, establece que la Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencia de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, tiene la función de proponer y mantener actualizada la estructura de costos del servicio de atención móvil de urgencias y emergencias; Que, conforme se advierte de los documentos del visto, la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, a través de la Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencia, ha elaborado la propuesta del “Listado del Costo Estándar de los Procedimientos Médicos o Procedimientos Sanitarios de Atención Pre Hospitalaria y del Transporte Asistido de Pacientes”, con la fi nalidad de contribuir a la mejora del acceso a los servicios de salud de la población, bajo los criterios mínimos de oportunidad, calidad y equidad, en el marco del intercambio prestacional previsto en el Decreto Legislativo N° 1466; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, del Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26842, Ley General de Salud y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, así como, por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; el Decreto Supremo N° 030-2020-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; y, el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 011-2017- SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Listado del Costo Estándar de los Procedimientos Médicos o Procedimientos Sanitarios de Atención Pre Hospitalaria y del Transporte Asistido de Pacientes”, referente para establecer el tarifario de dichos servicios de acuerdo a la metodología establecida en la normatividad vigente y en el marco del intercambio prestacional en salud, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias y a la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, en el marco de sus funciones, la difusión, asistencia técnica, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y el documento anexo que forma parte del mismo, en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1932899-3 Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 347-2021/MINSA Lima, 5 de marzo del 2021VISTO; el Expediente N° 21-026417-001; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 236-2021/ MINSA de fecha 17 de febrero de 2021, se designó al señor JORGE LUIS FRANCISCO ALANIA VERA, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; Que, el mencionado servidor ha presentado su renuncia al citado cargo, por lo que corresponde aceptar la misma; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor JORGE LUIS FRANCISCO ALANIA VERA, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1932899-4 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Aprueban la desafectación administrativa de dominio público a dominio privado del Estado de predio ubicado en el Asentamiento Humano “Integración Nuevo Perú”, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 0095-2021/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 8 de febrero de 2021