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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2021 (11/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 11 de marzo de 2021 / El Peruano VISTOS; el Memorándum N° 218-2021-SUNARP-OGPP del 23 de febrero de 2021 y el Informe N° 030-2021-SUNARP-OGPP/OPL del 23 de febrero de 2021, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 067-2021-SUNARP/OGRH del 05 de marzo de 2021, de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 165-2021-SUNARP/OGAJ del 08 de marzo de 2021, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos dotado de personería jurídica, registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil–SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se aprueba las modi fi caciones y la versión actualizada de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad–CPE”, que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP Provisional; Que, el acápite 7.5 del numeral 7 de la citada Directiva, establece que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; Que, del mismo modo, en el numeral 5 del Anexo 4 de la referida Directiva, se señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del CAPP que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, la Directiva dispone además que, el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requiere de un nuevo proceso de aprobación [ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil], pudiéndose aprobar dicho reordenamiento mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto de la ofi cina de racionalización o de quien haga sus veces; Que, mediante el Informe Técnico N° 067-2021-SUNARP/OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos, sustenta la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional de la Sede Central y las catorce (14) Zonas Registrales, a fi n de proceder con la reubicación de plazas, altas y bajas como producto de traslados, incorporaciones por aprobación de concursos internos y públicos de méritos y reconversiones de las mismas. En dicho sentido, la citada O fi cina General concluye que resulta procedente el referido reordenamiento del CAPP de la Sede Central y las XIV Zonas Registrales al haberse cumplido con las condiciones previstas en la Directiva N° 002-2015- SERVIR/GDSHR “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y de la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad–CPE”, aprobada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; siendo que, dicho reordenamiento no genera ninguna modi fi cación o incremento de cargos o de presupuestos a la entidad; Que, a través del Memorándum N° 218-2021-SUNARP/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 030-2021-SUNARP-OGPP/OPL de la O fi cina de Planeamiento, y da su conformidad para la aprobación del reordenamiento del CAPP de la Sede Central y las 14 Zonas Registrales, concluyendo que la propuesta de reordenamiento ha seguido cada uno de los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH antes señalada, habiéndose desarrollado el procedimiento previsto en el Anexo 5 de la misma, que está referido a los cambios en los campos correspondientes a “n de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo”, y “cargo de confi anza”, Finalmente señala que la propuesta no incide en un incremento del presupuesto de la Sunarp; Que, a través del Informe N° 165-2021-SUNARP/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que se han cumplido con los presupuestos fácticos y normativos para emitir el acto resolutivo que apruebe el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sede Central y las Zonas Registrales; contando con las opiniones favorables de la O fi cina General de Recursos Humanos, contenido en el Informe Técnico N° 067-2021-SUNARP/OGRH, la O fi cina de Planeamiento, contenido en el Informe N° 030-2021-SUNARP-OGPP/OPL, y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, contenido en el Memorándum N° 218-2021-SUNARP-OGPP; Que, con fecha 04 de febrero de 2021 se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Suprema N° 019-2021-JUS, a través de la cual se designó al señor Jorge Antonio Martín Ortiz Pasco, en el cargo de Superintendente Adjunto de los Registros Públicos; Que, en dicho contexto, el órgano de asesoramiento concluye que en el presente caso se ha con fi gurado el supuesto de impedimento temporal previsto en artículo 15 de la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; razón por la cual, corresponde que el acto resolutivo que formalice el reordenamiento del CAP Provisional de la Sede Central y de las catorce Zonas Registrales de la Sunarp, sea materializado a través de una Resolución del Superintendente Adjunto; De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del ROF de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, la O fi cina General de Recursos Humanos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del reordenamiento del CAP Provisional. Aprobar el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sede Central y las Zonas Registrales N° I Sede Piura, N° II–Sede Chiclayo, N° III–Sede Moyobamba, N° IV–Sede Iquitos, N° V–Sede Trujillo, N° VI–Sede Pucallpa, N° VII–Sede Huaraz, N° VIII–Sede Huancayo, N° IX–Sede Lima, N° X–Sede Cusco, N° XI–Sede Ica, N° XII–Sede Arequipa, N° XIII–Sede Tacna y N° XIV–Sede Ayacucho, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, que como Anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Autorización. Disponer, que la O fi cina General de Recursos Humanos, adopte las acciones necesarias para la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación. Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Portal Institucional de la Sunarp (https://www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO MARTÍN ORTIZ PASCO Superintendente Adjunto de los Registros PúblicosSunarp 1933968-1