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39 NORMAS LEGALES Jueves 11 de marzo de 2021 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Aprueban Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan y la Guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales y planes estratégicos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00015-2021/CEPLAN/PCD Lima, 10 de marzo de 2021VISTO: El Informe N° D000003-2021-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva y el Informe Nº D0000046-2021-CEPLAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los numerales 3 y 16 del artículo 10, de la citada norma, dispone que una de las funciones generales del Ceplan es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; y como función especial del Ceplan, el desarrollar el seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de los planes y políticas, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional; Que, a través del Decreto Supremo N° 029-2018- PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 038-2018- PCM, el Decreto Supremo N° 168-2020-PCM y el Decreto Supremo N° 031-2021-PCM; se aprobó el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, con la fi nalidad de desarrollar la rectoría de las políticas nacionales del Poder Ejecutivo en todo el territorio nacional, a fi n de que sean implementadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de los ciudadanos; Que, en dicha línea, el numeral 12.2 del artículo 12 en concordancia con el numeral 19.2 del artículo 19 de la precitada norma, establece que el Ceplan brinda asistencia técnica a los Ministerios en el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y que el Ministerio establece reglas para la gestión de la información entre los tres niveles de gobierno, a través de sistemas de información que produzcan, integren y analicen la información para el seguimiento, supervisión y evaluación de las políticas nacionales y la toma de decisiones estratégicas; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, la citada Directiva, precisa que el Foro del Acuerdo Nacional, que constituye el espacio de diálogo y concertación institucionalizado y la instancia de concertación de la plani fi cación estratégica nacional, en el cual se han de fi nido las Políticas de Estado, se ha aprobado la Visión del Perú al 2050 y se han adoptado los Compromisos de la Vida y la Reactivación Económica, los cuales son orientaciones que deben guiar el proceso de formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, asimismo, el artículo 6 de la Directiva en mención establece que para la formulación y actualización de las políticas y planes estratégicos se aplica el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, cuya Fase 4 es seguimiento y evaluación para la mejora continua; Que, asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la respectiva Directiva, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del Ceplan aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, en cumplimiento del citado mandato, el Ceplan ha elaborado la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, que constituye un documento metodológico donde se establecen pautas generales y especí fi cas para el desarrollo del seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes en los tres niveles de gobierno, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, en la misma línea, el Ceplan ha elaborado la Guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales y planes estratégicos, que constituye un documento metodológico para el proceso de selección o construcción de indicadores, dirigido a las entidades de los tres niveles de gobierno que conforman el Sinaplan, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, en el marco de lo ordenado por los artículos 44 y 47 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los entes rectores de los sistemas administrativos se constituyen en la autoridad técnico-normativa a nivel nacional y dictan las normas y establecen los procedimientos relacionados con su ámbito, por lo cual la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan y la Guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales y planes estratégicos tienen carácter mandatorio para todas las entidades que conforman el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – Sinaplan en lo que resulte aplicable; Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 038-2018-PCM, el Decreto Supremo N° 168-2020-PCM y el Decreto Supremo N° 031-2021-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar la Guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales y planes estratégicos, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución.