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35 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 El Peruano / a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 00034-2021-PRODUCE, de fecha 29 de enero de 2021, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Administración mediante Memorando N° 147-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UA, de fecha 16 de marzo de 2021, solicitó la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando para ello, el Memorando N° 013-2021-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ.UM, emitido por la Unidad de Monitoreo, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; indicando la citada Unidad de Monitoreo que, se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 147-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, de fecha 16 de marzo de 2021, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 3 139 913,13 (tres millones ciento treinta y nueve mil novecientos trece y 13/100 soles), que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento: 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, por el monto de S/ 2 835 326,54 (dos millones ochocientos treinta y cinco mil trescientos veintiséis y 54/100 soles) y de la fuente 5. Recursos Determinados, por el monto de S/ 304 586,59 (trescientos cuatro mil quinientos ochenta y seis y 59/100 soles); Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos según el siguiente detalle: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; para co fi nanciar los desembolsos de i) 21 Proyectos del Concurso Ayuda a la Demanda de Servicios Tecnológicos - Mipyme Productiva Categoría 2 - ADTC2; ii) 06 proyectos de becas - BCE; iii) 01 Proyecto de Fortalecimiento de Centros Tecnológicos - CET; iv) 05 Proyectos del Innovemos – Innovar para Reactivar - IVER); v) 08 Proyectos de Mipyme Digital - MD; vi) 11 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual - PIEC 1; vii) 01 Proyecto de Innovación Empresarial – Reto Innova Covid – PIECOV; viii) 02 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 2 - PIEC 2; ix) 01 Proyecto del Concurso Reconociendo la Innovación -RIV; x) 03 Proyectos del Concurso Reconociendo la Innovación – Innovar para Reactivar, y, b) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; para cofi nanciar el desembolso de i) 01 Proyecto del Validación y Empaquetamiento - PVE; i) 03 Proyectos del concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales - CMCEI; y, ii) 08 Proyectos de Innovación para Microempresas – PIMEN; Que, mediante proveído de fecha 16 de marzo de 2021, la Coordinadora Ejecutiva solicita al jefe de la Unidad de Administración que inicie las acciones correspondientes para la emisión de la resolución que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme lo descrito en los párrafos precedentes; Que, mediante Informe N° 36-2021-PRODUCE- INNÓVATEPERÚ.UA.AL, de fecha 16 de marzo de 2021, el Área de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Coordinación Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Unidad de Monitoreo, y previa veri fi cación presupuestal por la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, se ajusta al marco legal aplicable; Que, además de lo mencionado, mediante Memorando N° 013-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, la Unidad de Monitoreo solicita se deje sin efecto la inclusión del Convenio N° 083-20 (PIECOV) en la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 604-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ, toda vez que, la empresa varió de denominación social de EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS SESENTICINCO S.A. a VICTORIOUS SOLUTIONS S.A; en mérito a ello, el Área de Asesoría Legal señala que, es procedente modi fi car el artículo 1 de la citada resolución, conforme el marco legal aplicable; disminuyendo el monto de S/ 4 087 262,07 (cuatro millones ochenta y siete mil doscientos sesenta y dos y 07/100 soles) a S/ 4 081 873,54 (cuatro millones ochenta y un mil ochocientos setenta y tres y 54/100 soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 317-2014-PRODUCE, N° 178-2019-PRODUCE y N° 00034-2021-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2021 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto ascendente a S/ 3 139 913,13 (tres millones ciento treinta y nueve mil novecientos trece y 13/100 soles), que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/ 2 835 326,54 (dos millones ochocientos treinta y cinco mil trescientos veintiséis y 54/100 soles) y 5. Recursos Determinados por el monto de S/ 304 586,59 (trescientos cuatro mil quinientos ochenta y seis y 59/100 soles), destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 2.- Modi fi cación de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 604-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ y su Anexo Único. Dejar sin efecto la inclusión del tercer desembolso del Convenio N° 083-20 (PIECOV) de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 604-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ; por lo cual, el artículo 1 de la citada Resolución queda redactado de la siguiente manera y su Anexo Único se ajusta a la presente modi fi cación: “Artículo 1. - Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto ascendente a S/ 4 031 078,14 (Cuatro millones treinta y un mil setenta y ocho y 14/100 soles), que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito y 5. Recursos Determinados, por los montos ascendentes a S/ 741 845,92 (Setecientos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y cinco y 92/100 soles), S/ 3 039 580,63 (Tres millones treinta y nueve mil quinientos ochenta y 63/100 soles) y S/ 249 651,59 (Doscientos cuarenta