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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2021 (19/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 El Peruano / Regulación en Transporte Multimodal en los artículos 96 y 97 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01, y en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 026-2020-MTC, corresponde aprobar el cronograma de implementación de la Licencia de Conducir electrónica, de la Tarjeta Única de Circulación electrónica, del Certificado de Habilitación Vehicular Especial electrónico y de la Licencia de Conducir de Categoría Especial electrónica (Autorización Especial para el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos electrónica), así como los formatos de dichos documentos; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Decreto Supremo Nº 026-2020-MTC, Decreto Supremo que implementa la Licencia de Conducir electrónica, la Tarjeta Única de Circulación electrónica y el Certi fi cado de Habilitación Vehicular Especial electrónico; y, el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de formatos Apruébanse los formatos de la “Licencia de Conducir electrónica”, la “Tarjeta Única de Circulación electrónica”, el “Certi fi cado de Habilitación Vehicular Especial electrónico” y la “Licencia de Conducir de Categoría Especial electrónica (Autorización Especial para el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos electrónica)”, según los textos que, en Anexos 1, 2, 3 y 4, respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Aprobación del Cronograma de implementación 2.1 Apruébase el cronograma de implementación de la “Licencia de Conducir electrónica”, de la “Tarjeta Única de Circulación electrónica”, del “Certi fi cado de Habilitación Vehicular Especial electrónico” y de la “Licencia de Conducir de Categoría Especial electrónica (Autorización Especial para el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos electrónica)”, según el texto que, en Anexo 5, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. 2.2 Una vez cumplidos los plazos previstos en el cronograma indicado en el numeral precedente, la Tarjeta Única de Circulación y el Certificado de Habilitación Vehicular Especial únicamente se emite por medios electrónicos. En el caso de las Licencias de Conducir (la Licencia de Conducir y la Licencia de Conducir de Categoría Especial electrónica), los ciudadanos pueden optar por solicitar su emisión física o electrónica, pero no ambas. Por ningún motivo procede la tramitación o emisión conjunta de la Licencia de Conducir física y electrónica para un mismo administrado. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CERNA CHORRES Director GeneralDirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 1936418-1ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia de recursos a favor de la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú para financiar la ejecución de la Actividad: “Transferencias para las Intervenciones de Reducción de Cultivos con Fines Ilícitos” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA RPE N° 020-2021-DV-PE Lima, 18 de marzo de 2021VISTO:El Memorando Nº 000289-2021-DV-DATE de fecha 18 marzo de 2021, emitido por la Dirección de Articulación Territorial, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha Contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, modi fi cado por la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo Nº 1241, que fortalece la lucha contra el trá fi co ilícito de drogas, establece que DEVIDA tiene, entre otras funciones, la de diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha contra el trá fi co ilícito de drogas y sus delitos conexos; Que, la Décima Octava Disposición Complementaria de la Ley Nº 30281 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza a DEVIDA a partir de la vigencia de la referida Ley, a otorgar recursos con cargo a su presupuesto institucional, como apoyo a las actividades conjuntas a que se re fi ere el literal c) del numeral VII del “Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el proyecto de control de drogas”, ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 031-96-RE, en el marco del citado acuerdo; y dispone además que la aprobación del otorgamiento de dichos recursos se efectuará mediante Resolución del Titular de DEVIDA; Que, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, establece en su Anexo 8 “Distribución del gasto del presupuesto del sector público por programas presupuestales y pliegos”, la asignación presupuestal de S/ 83’000,000.00 (Ochenta y tres millones y 00/100 soles), en el marco del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, Producto 3000570: Unidades Especializadas en el Control de la Oferta de Drogas con Capacidades Operativas, Actividad 5005066: Transferencias para las Intervenciones de Reducción de Cultivos con Fines Ilícitos; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000219 de fecha 08 de marzo de 2021, consignando la disponibilidad de recursos para la Actividad: “Transferencias para las Intervenciones de Reducción de Cultivos con Fines Ilícitos”, hasta por la suma de S/ 83’000,000.00 (Ochenta y tres millones y 00/100 soles); Que, mediante Informe Nº 000017-2021-DV- DAT de fecha 08 de marzo de 2021, la Dirección de Asuntos Técnicos, remite la priorización de la Actividad “Transferencias para las Intervenciones de Reducción de Cultivos con Fines Ilícitos”, que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, la misma que cuenta con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, mediante Nota Diplomática Nº 0113, de fecha 16 de marzo de 2021, la Embajada de los Estados Unidos