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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2021 (19/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 El Peruano / 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral, respecto del área afectada. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PE-3N LONGITUDINAL DE LA SIERRA NORTE, TRAMO: COCHABAMBA- CUTERVO- SANTO DOMINGO DE LA CAPILLA- CHIPLE" No.SUJETO ACTI- VO / BENEFI- CIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) CÓDIGO: PCLST2-TC04-LAGUNA2-012 AREA AFECTADA: 897.68 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: Colinda con U.C. 68282, de una longitud total de 3.33 m.• Por el Sur: Colinda con U.C. 64542, de una longitud total de 8.53 m.• Por el Este: Colinda con área remanente, de una longitud total de 170.55 m.• Por el Oeste: Colinda con la Carretera Santo Domingo de la Capilla - Chiple, de una longitud total de 173.78 m. PARTIDA REGISTRAL: 11005668 perteneciente a la O fi cina Registral de Jaén - Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 03.12.2019 (Informe Técnico N° 022329-2019- Z.R. N° II-SEDE-CHICLAYO/UREG/CAT) emitido por la O fi cina Registral de Jaén - Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTI- CELADODISTANCIA (m)COORDENADAS UTM WGS 84COORDENADAS UTM WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 8.53 736723.6292 9317944.8896 736993.6245 9318315.70702 2-3 5.66 736717.8586 9317938.6133 736987.8574 9318309.42613 3-4 5.65 736713.8868 9317942.6451 736983.8829 9318313.4553 GONZALES 4 4-5 5.67 736710.2368 9317946.9566 736980.2300 9318317.7644 AVENDAÑO 5 5-6 5.64 736706.9169 9317951.5478 736976.9069 9318322.3535 CESAR 6 6-7 5.66 736703.9764 9317956.3587 736973.9632 9318327.1625 MINISTERIO DE AGUSTO 7 7-8 5.65 736701.4071 9317961.3994 736971.3905 9318332.2015 TRANSPOR- TES Y8 8-9 6.10 736699.2171 9317966.6096 736969.1971 9318337.4104 1COMUNICACIO- NES - 9 9-10 41.77 736697.3328 9317972.4097 736967.3088 9318343.2092 5,386.08 PROVIAS CARRASCO 10 10-11 1.57 736681.8330 9318011.1993 736951.7818 9318381.9914 NACIONAL MEDINA, 11 11-12 49.88 736681.1897 9318012.6317 736951.1387 9318383.4211 MARIA 12 12-13 5.40 736663.0306 9318059.0937 736932.9483 9318429.8716 SANTOS 13 13-14 34.93 736660.8983 9318064.0540 736930.8127 9318434.8306 14 14-15 3.33 736648.0896 9318096.5556 736917.9821 9318467.324015 15-16 83.70 736651.1555 9318097.8476 736921.0471 9318468.6181 16 16-17 52.46 736683.2776 9318020.5535 736953.2208 9318391.3455 17 17-18 1.63 736703.4130 9317972.1083 736973.3885 9318342.913618 18-19 1.20 736704.0544 9317970.6066 736974.0309 9318341.412419 19-20 4.45 736704.5589 9317969.5155 736974.5247 9318340.3142 20 20-21 9.06 736707.3297 9317966.0290 736977.3093 9318336.8369 21 21-22 8.21 736713.4288 9317959.3324 736983.4129 9318330.144422 22-1 1.04 736716.7438 9317951.8210 736986.7328 9318322.635223 23-24 4.41 736717.1968 9317950.8864 736987.1865 9318321.7009 24 24-1 4.39 736720.3202 9317947.7673 736990.3120 9318318.5839 1936196-1