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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2021 (19/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Viernes 19 de marzo de 2021 / El Peruano Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PE-3N LONGITUDINAL DE LA SIERRA NORTE, TRAMO: COCHABAMBA – CUTERVO – SANTO DOMINGO DE LA CAPILLA – CHIPLE IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO CÓDIGO: PCLST2-TC04-SDOM1-032AREA AFECTADA: 3,289.86 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTI- CESLADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA A A-B 15.24 736999.1885 9309698.0280 AFECTADA: B B-C 27.62 737013.7657 9309693.5879• Por el Norte: C C-D 2.32 737007.9089 9309666.5935 U.C. 11937, con 15.24 ml. D D-E 2.32 737007.3799 9309664.3362 • Por el Sur: E E-F 2.32 737006.7764 9309662.0976 CAMINO CARROZABLE, con 23.87 ml. F F-G 2.32 737006.0991 9309659.8803 • Por el Este: G G-H 2.32 737005.3487 9309657.6866 U.C. 11940, con 232.68 ml. H H-I 2.32 737004.5261 9309655.5189 • Por el Oeste: I I-J 2.32 737003.6321 9309653.3797 CARRETERA SANTO DOMINGO DE LA CAPILLA – J J-K 2.32 737002.6678 9309651.2712 CHIPLE, con 249.65 ml. K K-L 2.32 737001.6342 9309649.1959 L L-M 2.32 737000.5325 9309647.1559 M M-N 4.97 736999.3638 9309645.1535 N N-O 11.39 736997.8579 9309640.4163 O O-P 42.54 736990.8386 9309631.4403 P P-Q 2.24 736968.3664 9309595.3157 Q Q-R 2.24 736967.1516 9309593.4309 R R-S 2.24 736965.8771 9309591.5860 S S-T 2.24 736964.5441 9309589.7828 T T-U 2.24 736963.1541 9309588.0233 MONZALVE U U-V 2.24 736961.7084 9309586.3091 MINISTERIO TORO V V-W 2.24 736960.2085 9309584.6422 DE TRANSPORTES EUDON W W-X 2.24 736958.656 9309583.0242 Y COMUNICA- CIONESX X-Y 85.81 736957.0525 9309581.4567 22 371,05 - PROVIAS Y Y-Z 5.12 736894.7383 9309522.4644 NACIONAL SEGURA Z Z-A1 8.89 736891.4199 9309518.5655 1 DE MONZALVE A1 A1-B1 5.22 736885.7782 9309511.6988 FULBIA B1 B1-C1 2.32 736882.6896 9309507.4879 C1 C1-D1 3.97 736881.1492 9309509.2261 D1 D1-E1 8.21 736877.2159 9309508.6663 E1 E1-F1 9.37 736869.8113 9309505.1272 F1 F1-G1 3.68 736861.6645 9309500.5081 G1 G1-H1 5.19 736861.7467 9309504.1873 H1 H1-I1 12.89 736863.8991 9309508.9063 I1 I1-J1 11.1 736871.4689 9309519.3343 J1 J1-K1 9.1 736878.989 9309527.4925 K1 K1-L1 10.22 736886.6659 9309532.3815