Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2021 (26/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 26 de marzo de 2021 El Peruano / seguridad de los turistas y del personal de apoyo durante su permanencia en la vía Cusipata-Chillihuani. Se implementarán medidas de prevención, protección y mitigación a través de un “Plan de emergencias y evacuación” y otros instrumentos de gestión del riesgo con participación de las entidades competentes y los actores involucrados. Artículo 12º.- Identi fi cación de los Usuarios Para el ingreso y permanencia en la vía Cusipata - Chillihuani, es obligatorio que todos los usuarios, se identi fi quen con sus respectivos documentos de identidad originales y se registren en los puestos de control y vigilancia correspondientes a la Municipalidad Distrital de Cusipata, las veces que sean requeridos conforme a sus competencias, caso contrario no se permitirá su ingreso y/o permanencia. Además los guías o fi ciales de turismo y Licenciados en Turismo, registrados en la lista o fi cial de sus respectivas asociaciones deberán identi fi carse con su carnet de guía original. Personal de la Municipalidad Distrital de Cusipata, son responsables de consolidar el registro de ingreso de usuarios, mediante el llenado de una “ fi cha de reporte diario”. CAPITULO II DE LA FORMA DE OPERACIÓN Artículo 13º.- De la forma de operación: El desarrollo y puesta en operación del Centro de Monitoreo de Seguridad Ambiental, Vial, Turístico y Atención Medica Temprana del tramo Cusipata - Chillihuani, se sostendrá a través del cobro de un arbitrio municipal único con un valor de S/10.00 soles por persona, mediante la modalidad de cobro directo. VALOR:• S/. 10.00 Soles por persona. • Niños menores de 14 años no pagan, previa presentación de documento personal. • Guías y choferes no pagan.• Asistentes y/o personal de apoyo no pagan previo registro y autorización por parte de la administración. Artículo 14º.- De los requisitos para el ingreso a la vía tramo Cusipata-Chillihuani: 14.1. Para las agencias de viajes y turismo a la vía tramo Cusipata-Chillihuani. Las agencias de viajes y turismo, deberán cumplir con presentar ante los controladores de la Municipalidad Distrital de Cusipata, los siguientes documentos: Lista de pasajeros, detallado nombre, edad, sexo, nacionalidad y numero de documento. 14.2. Para los guías de turismo: Los guías de turismo y Licenciados en turismo que presten sus servicios en la vía, tramo Cusipata-Chillihuani deberán presentar los siguientes documentos: a) Presentar carné de Guía O fi cial de Turismo emitido por el ente competente o Carné de Licenciado en Turismo emitido por el COLITUR, vigentes y habilitados b) Lista de pasajeros, detallado edad, sexo, nacionalidad. 14.3. Para los Transportistas de Turismo:a) Autorización del Dirección de Transportes y Comunicaciones. b) Licencia de conducir vigente.c) SOAT.d) Balón de oxígeno.e) Botiquín de primeros auxilios según SUTRAN Artículo 15º.- Para las actividades menores en la Vía Cusipata-Chillihuani: Las actividades menores en materia de turismo se establecen y otorgan en el marco de la normativa vigente, exclusivamente para personas o grupos locales de la Vía, tramo Cusipata-Chillihuani en los sectores de Paucarpata, Tintinco y Chillihuani a través de acuerdos previa evaluación y hasta por un año, refrendados por la Municipalidad Distrital de Cusipata debiendo cumplir con la presentación de los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al alcalde de la Municipalidad Distrital de Cusipata. b) Declaración jurada. Entre las principales actividades menores identi fi cadas, están: • Venta de golosinas, vituallas, bebidas no alcohólicas y otros relacionados. • Venta y preparación de alimentación para turistas, guías de turismo y personal de apoyo. • Servicio de campamentos.• Otros que se puedan identi fi car y aprobar bajo la normativa vigente por el ente competente. Artículo 16º.- De la veri fi cación posterior: La Municipalidad Distrital de Cusipata, será el organismo encargado de veri fi car de forma aleatoria y durante el periodo de operación sobre el cumplimiento de la normativa vigente y los compromisos asumidos de servicios en el marco de sus competencias. CAPITULO III DEL PAGO DEL ARBITRIO Artículo 17º.- De la compra del derecho de ingreso ante la Municipalidad Distrital de Cusipata: Las agencias de viajes y turismo así como los turistas libres deberán de registrarse en el centro de monitoreo para ingresar, entregando la relación en el formato único (FU), el cual podrá ser adquirido de forma gratuita en la caseta de control del Centro de Monitoreo o descargado de fampage de la institución, los turistas libres deberán registrarse en las casetas de control que estará ubicada en la comunidad de Tintinco. El pago por el derecho de ingreso ante la Municipalidad Distrital de Cusipata, se realizara de forma directa y en efectivo tendrá vigencia por el tiempo de permanencia de los turistas en el tramo Cusipata - Chillihuani (desde el registro de ingreso hasta la salida) Artículo 18º.- De la Venta del derecho de ingreso ante la Municipalidad Distrital de Cusipata: Para la venta del derecho de ingresos a la Vía Cusipata-Chillihuani, se realizara en la caseta de control del Centro de Monitoreo en la comunidad de Tintinco, esta se realizara de forma directa. Los estudiantes nacionales del nivel escolar deberán presentar la acreditación emitida por la Institución Educativa. Los estudiantes de pregrado procedentes de institutos técnicos y/o universidades deberán presentar su carné original vigente emitido por el Ministerio de Educación y/o de la universidad respectivamente. Los turistas extranjeros o nacionales se identi fi carán obligatoriamente con su pasaporte y/o documento de identidad vigente. Durante su permanencia todos los turistas tendrán derecho a: - Monitoreo de seguridad en el tramo Cusipata – Chillihuani - Monitoreo ambiental para la protección y conservación del ecosistema. - Monitoreo y mantenimiento constante de la vía Cusipata - Chillihuani. - Atención medica temprana a visitantes nacionales y extranjeros. - Servicio de traslado a pacientes a hospitales, centros de salud, clínicas etc. - Servicio de auxilio ante cualquier contingencia personal (PRIMEROS AXILIOS) - Servicio de información Turística.