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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2021 (14/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 14 de mayo de 2021 El Peruano / TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS EXCLUSIVOS - TUPA Derecho de Trámite (S/)MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL 10.1.9Evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) con una concurrencia de hasta 3,000 personas. a) Espectáculos realizados en recintos o edi fi caciones que tengan como uso la realización de este tipo de actividades y requieren el acondicionamiento o instalación de estructuras temporales que incidan directamente en el nivel de riesgo con el cual obtuvieron su certi fi cado ITSE206.10 b) Espectáculos realizados en edifi caciones o recintos cuya actividad es distinta a la fi nalidad para la cual se otorgó el certi fi cado ITSE.218.80 c) Espectáculos realizados en la vía pública en un área con fi nada con limitaciones o restricciones a la entrada y/o salida que incrementen el riesgo223.80 10.2 Servicios brindados en exclusividad 10.2.1Duplicado del certi fi cado de inspección técnica de seguridad en edi fi caciones.Gratuito Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que corresponden a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado mediante la Ordenanza Nº 383/MDSM y modi fi catorias, así como, sustituirlos por los procedimientos administrativos y servicios exclusivos aprobados en el artículo 1º de la presente ordenanza. Artículo 3º.- DISPONER que la ordenanza aprobada entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, cuya dirección electrónica es: www.munisanmiguel.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1952787-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Amplían vigencia de la Ordenanza Nº 012- 2020-MDB, para acogerse al Beneficio de Regularización de las Edificaciones sin Licencia en el Distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004 -2021-MDB/AL Bellavista, 12 de mayo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO:El Informe N° 032-2021-MDB-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe Legal Nº 060-2021-MDB/GAJ, ambos de fecha 11 de mayo de 2021; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 20º numeral 6 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, mediante Ordenanza N° 012-2020-MDB de fecha 24 de noviembre de 2020, se estableció una vigencia de sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano, es decir, hasta el 13 de febrero de 2021 como fecha de vencimiento para acogerse al Bene fi cio de la Regularización de las Edi fi caciones sin Licencia en el Distrito de Bellavista; y su Segunda Disposición Final faculta al Alcalde para que pueda dictar las medidas complementarias y prorrogar su vigencia; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-MDB de fecha 11 de febrero del 2021, se decretó ampliar la vigencia de la Ordenanza N° 012-2020-MDB por noventa (90) días calendario adicionales a su fecha de vencimiento, hasta el 14 de mayo de 2021; Que, mediante Informe Nº 032-2021-MDB/GDU de fecha 11 de mayo de 2021, la Gerencia de Desarrollo Urbano hace suyo el Informe N° 072-2021-MDB-GDU-SGOP de la Sub Gerencia de Obras Privadas, que sustenta la necesidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2020-MDB por noventa (90) días calendario adicionales a su fecha de vencimiento prorrogada con Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-MDB; Que, mediante Informe Legal Nº 060-2021-MDB/GAJ de fecha 11 de mayo de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia respecto de lo solicitado por la Gerencia de Desarrollo Urbano; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2020-MDB, por noventa (90) días calendario adicionales a su fecha de vencimiento, hasta el 12 de agosto de 2021. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Obras Privadas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones encárguese su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista www.munibellavista.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1952468-1