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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2021 (15/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 15 de mayo de 2021 / El Peruano Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022 - 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, documento que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022 – 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Transcribir la presente Resolución, a todos los Órganos, Unidades Orgánicas, Consejos, Comisiones y Programas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO ERNESTO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1953194-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Crean el Reconocimiento Nacional de Buenas Prácticas de Voluntariado y aprueban los “Lineamientos para otorgar el Reconocimiento Nacional de Buenas Prácticas de Voluntariado” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2021-MIMP Lima, 13 de mayo de 2021 Vistos, las Notas N° D000094-2021-MIMP-DGPDV y D000108-2021-MIMP-DGPDV de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado; los Informes Técnicos N°s. D000005-2021-MIMP-DV-SMT, D000008-2021-MIMP-DV-SMT y D000010-2021-MIMP-DV-SMT de la Dirección de Voluntariado; los Memorándums N°s. D000291-2021-MIMP-OGPP y D000314-2021-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000092-2021-MIMP-OMI y la Nota N° D000064-2021-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional; y el Informe N° D000113-2021-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria, establece en los artículos 5 y 6 que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP cuenta con competencias exclusivas y excluyentes sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, con fi riéndole el ejercicio de la rectoría sobre dicho sistema; Que, mediante los artículos 3-A y 3-B de la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado y modi fi catorias, se prevé que el MIMP, en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Voluntariado, proporciona apoyo a la campaña de divulgación, reconocimiento y valoración del servicio voluntario; Que, mediante el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N°003-2012-MIMP y modi fi catorias, se dispone que la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene entre sus funciones conducir el Sistema Nacional de Voluntariado - SINAVOL; Que, el artículo 54-A del precitado Reglamento de Organización y Funciones, señala que la Dirección de Voluntariado tiene entre sus funciones, formular y proponer, normas y procedimientos para la implementación y funcionamiento del SINAVOL, en concordancia con las disposiciones legales vigentes, así como promover, coordinar y concertar el reconocimiento y facilitación del Estado a las acciones de voluntariado en bene fi cio de las poblaciones en situación de vulnerabilidad; Que, por Resolución Ministerial N° 595-2010-MIMDES, se crea el “Premio Nacional al Voluntariado”, que será entregado anualmente por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES como reconocimiento a quienes hayan destacado signi fi cativamente en su compromiso por la construcción, fomento y apoyo del servicio de voluntariado en el ámbito nacional; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado sustentada en los Informes Técnicos N°s. D000005-2021-MIMP-DV-SMT, D000008-2021-MIMP-DV-SMT y D000010-2021-MIMP-DV-SMT de la Dirección de Voluntariado, propone Crear el Reconocimiento Nacional de Buenas Prácticas de Voluntariado y aprobar los “Lineamientos para otorgar el Reconocimiento Nacional de Buenas Prácticas de Voluntariado”, con el objeto de reconocer, con periodicidad anual, a las experiencias de voluntariado dirigidas a contribuir de manera destacada al voluntariado nacional, a través de buenas prácticas; Que, con los Memorándums N°s. D000291-2021- MIMP-OGPP y D000314-2021-MIMP-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° D000092-2021-MIMP-OMI y la Nota N° D000064-2021-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, mediante los cuales, emite opinión favorable respecto de la propuesta de “Lineamientos para otorgar el Reconocimiento Nacional de Buenas Prácticas de Voluntariado”; por lo que, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; en el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catorias; y, en la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Crear el Reconocimiento Nacional de Buenas Prácticas de Voluntariado, el cual será realizado con periodicidad anual. Artículo 2.- Aprobar los “Lineamientos para otorgar el Reconocimiento Nacional de Buenas Prácticas de Voluntariado”, que en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.