TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Sábado 15 de mayo de 2021 / El Peruano de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda,Construcción y Saneamiento 1953326-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Disponen la publicación del proyecto “Directiva para la fiscalización del transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, y de su exposición de motivos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° D000037-2021-SUTRAN-SP Lima, 13 de mayo del 2021VISTOS: El Informe Nº D000034-2021-SUTRAN- GEN e Informe N° D000039-2021-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Informe N° D000240-2021-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando N° D000474-2020-SUTRAN-GSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° D000470-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Memorando N° D000973-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº D000053-2021-SUTRAN-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº D000133-2021-SUTRAN-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000161-2021-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000128-2021-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional; Que, el inciso 1) del artículo 4 de la Ley N° 29380 e inciso a) y b) del artículo 4 del Reglamento de la Sutran, aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2009-MTC, establece que la función normativa de la Sutran comprende la facultad de dictar disposiciones normativas en materia de fi scalización al transporte terrestre dentro del ámbito de su competencia; Que, a través del Informe Nº D000034-2021- SUTRAN-GEN, complementado con el Informe N° D000039-2021-SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta y propone la publicación del proyecto de “Directiva para la fi scalización del transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”;Que, mediante el Informe N° D000240-2021-SUTRAN- GAT, el Memorando N° D000474-2020-SUTRAN-GSF, el Memorando N° D000470-2020-SUTRAN-GPS y el Memorando N° D000973-2020-SUTRAN-UR, la Gerencia de Articulación Territorial, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones y la Unidad de Recursos Humanos, respectivamente, mani fi estan su conformidad respecto al proyecto de “Directiva para la fi scalización del transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, a través del Memorando Nº D000133-2021- SUTRAN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000053-2021-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto de “Directiva para la fi scalización del transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”; Que, mediante el Informe N° D000161-2021- SUTRAN-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable la publicación del proyecto de “Directiva para la fi scalización del transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, a fi n de conocer las opiniones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe N° D000128-2021-SUTRAN-GG; Que, de conformidad con el artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto normativo “Directiva para la fiscalización del transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, a fin de recibir comentarios de los interesados; De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, el Reglamento de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2009-MTC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto “Directiva para la fi scalización del transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran”, y de su exposición de motivos, en el portal institucional de la Sutran (www.gob.pe/sutran), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Los interesados podrán remitir sus comentarios vía correo electrónico a schunqui@sutran.gob.pe dentro del plazo de treinta (30) días calendarios, contando a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, con el asunto “Comentarios a la Directiva para la fi scalización del transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos”. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Estudios y Normas de la Sutran el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA SuperintendenteSuperintendencia 1952965-1