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5 NORMAS LEGALES Lunes 17 de mayo de 2021 El Peruano / Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada a su versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y en uso de la atribución conferida por el literal d) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Excluir veinticuatro (24) Fichas Técnicas del rubro de Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, conforme al siguiente detalle: N° FICHA TÉCNICA VERSIÓN 1. ACITRETINA, 25 mg, TABLETA 07 2. ARTESUNATO, 250 mg, TABLETA 06 3. BIPERIDENO, 5 mg/mL, INYECTABLE, 1 mL 06 4. CLORPROMAZINA, 100 mg, TABLETA 07 5.CEFOPERAZONA + SULBACTAM, 1 g + 0,5 g , INYECTABLE 06 6.CEFTAZIDIMA, 1 g, INYECTABLE CON SOLVENTE 07 7.COLISTIMETATO DE SODIO, 100 mg, INYECTABLE 01 8.DIDANOSINA, 400 mg, TABLETA DE LIBERACIÓN RETARDADA 07 9. EFAVIRENZ, 200 mg, TABLETA 05 10. ESTAVUDINA, 30 mg, TABLETA 07 11.HIDROXIETIL ALMIDÓN, 6%, INYECTABLE, 500 mL 04 12. ISOXSUPRINA, 10 mg/2 mL, INYECTABLE, 2 mL 04 13. MEFLOQUINA, 250 mg, TABLETA 06 14. NIMODIPINO, 10mg/50 mL, INYECTABLE, 50 mL 0615. OFLOXACINO, 200 mg, TABLETA 06 16. PENICILAMINA, 250 mg, TABLETA 06 17. PRAVASTATINA, 20 mg, TABLETA 07 18. PROPRANOLOL, 10 mg, TABLETA 05 19. SIMVASTATINA, 40 mg, TABLETA 05 20.SULFACETAMIDA, 10%, SOLUCIÓN OFTÁLMICA, 15 mL 06 21. TEOFILINA, 27 mg/5 mL, JARABE, 120 mL 06 22. TIORIDAZINA, 100 mg, TABLETA 07 23. ZIDOVUDINA, 100 mg, TABLETA 07 24. ZIDOVUDINA, 50 mg/5 mL, SOLUCIÓN, 200 mL 05 Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización que excluya las Fichas Técnicas señaladas en el artículo precedente del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas– PERÚ COMPRAS 1953385-1Aprueban seis (6) Fichas Técnicas del rubro de Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 102-2021-PERÚ COMPRAS Lima, 14 de mayo de 2021 VISTO:El Informe Nº 000078-2021-PERÚ COMPRAS- DES, del 7 de mayo de 2021, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe Nº 000184-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, del 11 de mayo de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO:Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras: realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modi fi cado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.2 del artículo 110, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo Nº 1 de De fi niciones del Reglamento, señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la