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56 NORMAS LEGALES Sábado 22 de mayo de 2021 / El Peruano Artículo Tercero. Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial y al mencionado juez, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1955496-2 Aprueban el documento denominado “Protocolo de actuación ante el COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria - Versión 2 del Poder Judicial” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000156-2021-CE-PJ Lima, 18 de mayo del 2021VISTO:El O fi cio Nº 000011-2021-JAV-PCSST-CE-PJ cursado por el señor Consejero Javier Arévalo Vela, Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000303-2020-CE-PJ, aprobó el documento denominado “Protocolo de actuación ante el COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria”. Segundo. Que el Ministerio de Salud ha emitido nuevas disposiciones; así como se ha dado la implementación de servicios de salud ocupacional en todas las Cortes Superiores de Justicia y dependencias del Poder Judicial. Tercero. Que, en ese contexto, el señor Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno, para su aprobación, el documento denominado “Protocolo de actuación ante el COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria - Versión 2 del Poder Judicial”, que tiene el objetivo de establecer las pautas de acción para reducir los riesgos asociados a la pandemia, de los trabajadores/as y magistrados/as durante el cumplimiento de sus labores, en concordancia con las medidas dictadas por la Autoridad Sanitaria Nacional. Cuarto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficacia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de reducir los riesgos asociados al COVID-19 de los trabajadores/as y jueces/zas de este Poder del Estado, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 620-2021 de la vigésimo setima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 12 de mayo de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el documento denominado “Protocolo de actuación ante el COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria - Versión 2 del Poder Judicial”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Presidentes/as de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Procuraduría del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1955496-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Modifican la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 124-2021-CG Lima, 21 de mayo de 2021VISTOS:La Hoja Informativa Nº 000075-2021-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; y, la Hoja Informativa Nº 000170-2021-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias, señala que el Sistema Nacional de Control es el conjunto de órganos de control, normas, métodos y procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada; y que, en su artículo 13 se dispone que dicho Sistema está conformado por la Contraloría General de la República, todas las unidades orgánicas responsables de la función de control gubernamental de las entidades, y las sociedades de auditoría externa independientes, cuando son designadas y contratadas por esta Entidad Fiscalizadora Superior; Que, el artículo 17 de la Ley Nº 27785 prescribe que el Órgano de Control Institucional, unidad especializada