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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2021 (22/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Sábado 22 de mayo de 2021 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la denominación y contenido de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales a Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por el D.S. N° 011-2006-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2021-VIVIENDA Lima, 21 de mayo de 2021 VISTOS: El Informe N° 176-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU); el Informe Técnico - Legal N° 012-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JLHP-KCG de la Dirección de Vivienda; y el Informe N° 003-2021-CPARNE de la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (CPARNE); el Informe N° 354-2021-VIVIENDA/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establecen que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, entre otros, en materia de vivienda, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el numeral 2 del artículo 10 de la referida Ley señala que el MVCS, en el marco de sus competencias, desarrolla la función compartida de normar, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanístico, habilitación urbana y edi fi caciones, uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable, en el ámbito de su competencia, en concordancia con las leyes orgánicas de los gobiernos regionales y de municipalidades; Que, el literal o) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establece que la DGPRVU tiene entre sus funciones, proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE), en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización conforme a la normatividad vigente; Que, mediante el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA se aprueba el Índice y la estructura del RNE, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edifi caciones que se ejecuten en el territorio nacional, estableciendo en sus artículos 1 y 3 que corresponde al MVCS aprobar, mediante Resolución Ministerial, las normas técnicas de acuerdo al mencionado Índice y sus variaciones según los avances tecnológicos; Que, con el Decreto Supremo Nº 010-2021-VIVIENDA, se modi fi ca en el Índice del RNE, la denominación de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales, a Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles;Que, por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, se aprueban sesenta y seis (66) normas técnicas del RNE, entre ellas, la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales, contenida en el Numeral III.1 Arquitectura del Título III Edi fi caciones del RNE; y, se constituye la CPARNE, encargada de analizar y formular las propuestas para la actualización del RNE; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 894-2008-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Interno de la CPARNE, en cuyo numeral 6.5 se establece como una de sus funciones, evaluar y aprobar los proyectos de actualización del RNE; Que, con el Informe N° 003-2021-CPARNE de fecha 05 de mayo de 2021, el Presidente de la CPARNE eleva la propuesta de modi fi cación de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles del RNE, la misma que ha sido materia de evaluación y aprobación por la mencionada Comisión conforme al Acta de la Octogésima Sesión llevada a cabo el 30 de abril de 2021; Que, mediante los documentos de vistos, la DGPRVU sustenta y propone la modi fi cación de la denominación y contenido de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales, a Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles del RNE, la cual tiene por objeto regular las condiciones y especi fi caciones técnicas mínimas para el diseño y la ejecución de edi fi caciones en Bienes Culturales Inmuebles, garantizando su conservación, protección, uso responsable y promoción; su aplicación es obligatoria a nivel nacional para asegurar el diseño adecuado del proyecto, la idoneidad del proceso de evaluación, la calidad de la edi fi cación nueva o existente y la relación con su entorno urbano o natural, en salvaguarda de los valores culturales y la recuperación de su habitabilidad; Que, con el Informe N° 354-2021-VIVIENDA/ OGAJ, desde el punto de vista legal, la OGAJ emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca la denominación y contenido de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales, a Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles del RNE; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles del RNE, a fi n de recibir comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; el Decreto Supremo Nº 010-2021-VIVIENDA, Decreto Supremo que modi fi ca la denominación de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales en el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; y, el Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de