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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2021 (22/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Sábado 22 de mayo de 2021 / El Peruano el numeral 1 del literal F del artículo IX de la Directiva establece que: Las comisiones de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública de todas las Unidades Ejecutoras, tramitaran el expediente de transferencia por intermedio de la Gerencia General Regional para la expedición del Acuerdo del Consejo Regional que apruebe las transferencias solicitadas a otros Pliegos. Logrado el mencionado Acuerdo, la Gerencia General Regional comunicará a la Comisión de Transferencia respectivo, mediante la devolución del expediente y anexando copia certi fi cada del acuerdo Aprobado. Finalmente, las Comisiones de Transferencia formularan el proyecto de Resolución Ejecutiva Regional que promulgará el Acuerdo de Consejo Regional que autoriza la transferencia a otros Pliegos, tramitando el Proyecto de Resolución por intermedio de la Gerencia General Regional, para su aprobación respectiva por el Presidente Regional. (...). Que, mediante Informe Legal Nº 001-2021-GRSM/ ORAL, de fecha 04 de Enero del 2021 la O fi cina Regional de Asesoría Legal, Opina Favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en la ciudad de Bellavista”, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional; Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria realizada el día 02 de Febrero del 2020, desarrollada utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo Mayo, se aprobó por MAYORÍA el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en la ciudad de Bellavista”, valor de Liquidación y valor neto de S/ 1,543,254.99; a favor de la Municipalidad Provincial de San Martin conforme se detalla continuación: Nombre del Proyecto Valor Histórico Valor NetoEntidad Bene fi ciariaTipo de Transferencia “Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en la ciudad de Bellavista”S/ 1,543,254.99 S/ 1,543,254.99 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BELLAVISTATRANSFERENCIA EXTERNA Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín para que a través de la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el diario O fi cial Regional. Artículo Cuarto.- REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín.Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.FIDELITO SALAS VASQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 1954954-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Crean el Consejo Regional de Comunidades Campesinas de Tacna - CORECCAT CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2020-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta de diciembre de dos mil veinte, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 89 prescribe: “Las comunidades Campesinas y Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece (…)”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Desnaturalización, en su artículo 6 sobre los objetivos a nivel social señala: “(…) c) incorporar la participación de las comunidades campesinas y nativas, reconociendo la interculturalidad, y superando toda clase de exclusión y discriminación’’. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 8 sobre Principios rectores de las política y gestión regional establece: “La gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios: (…) 4. Inclusión.- El Gobierno Regional desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de (…) grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas (…)”. Asimismo, en su artículo 60 sobre funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades establece: “(…) g) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas