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57 NORMAS LEGALES Sábado 22 de mayo de 2021 El Peruano / responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, mantiene una relación funcional con la Contraloría General de la República, efectuando su labor de conformidad con los lineamientos y políticas que esta establezca; Que, conforme al artículo 14 de la Ley Nº 27785, la Contraloría General de la República, en su calidad de ente técnico rector, organiza y desarrolla el control gubernamental en forma descentralizada y permanente, el cual se expresa con la presencia y accionar de los Órganos de Control Institucional en cada una de las entidades públicas de los niveles central, regional y local; asimismo, dispone que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso; Que, en dicho marco, mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, se aprobó la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, cuya fi nalidad es contar con un marco normativo que regule al Órgano de Control Institucional, al Jefe y su personal, y facilite su interrelación con la Contraloría General de la República y la entidad, con el propósito de asegurar el ejercicio del control gubernamental oportuno, efectivo y e fi ciente; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se autorizó la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República; Que, en la Hoja Informativa Nº 000075-2021-CG/ NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se señala que la Subgerencia de Desarrollo del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control formula la propuesta y necesidad de contar con disposiciones que regulen a los Órganos de Control Institucional incorporados a la Contraloría General de la República, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº 27785 y la Ley Nº 30742; por consiguiente, resulta pertinente efectuar la modi fi cación de la Directiva Nº 020- 2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, para que en la misma se regule también a los Órganos de Control Institucional incorporados a esta Entidad Fiscalizadora Superior, y considerando a su vez, que a la fecha, trescientos treinta y tres (333) Órganos de Control Institucional se han incorporado a la Contraloría General de la República mediante Resolución de Contraloría; Que, conforme a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa, mediante Hoja Informativa Nº 000170-2021-CG/GJN, y de acuerdo a lo expuesto en la Hoja Informativa Nº 000075-2021-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo para la modi fi cación e incorporación de disposiciones a la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, atendiendo a la propuesta formulada por la Subgerencia de Desarrollo del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control; En el marco de la normativa antes señalada y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los numerales 2., 4., 5., 6.3, 7.1.3, 7.1.5, 7.1.5.1, 7.2 y 7.3.1 e incorporar el numeral 6.2.12 a la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez esta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1955578-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1186 Lima, 28 de diciembre de 2020Visto el Expediente STDUNI N° 2020-83136 presentado por el señor JUAN PABLO CONDORI CHARCA quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica; CONSIDERANDO:Que, el señor JUAN PABLO CONDORI CHARCA identi fi cado con DNI Nº 10319369 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 330-2020-UNI/SG/UGyT de fecha 01.12.2020, precisa que el diploma del señor JUAN PABLO CONDORI CHARCA se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 08, página 391, con el número de registro 25233; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 08-2020, realizada el 14 de diciembre del 2020, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica al señor JUAN PABLO CONDORI CHARCA; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Virtual Nº 13 de fecha 21 de diciembre del 2020, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias