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72 NORMAS LEGALES Sábado 22 de mayo de 2021 / El Peruano Gobierno Regional de Tacna, quien emitirá la resolución de reconocimiento respectivo. El reconocimiento del representante será por un periodo de un (01) año y será reconocido mediante Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Cuarto: Funciones del CORECCAT. El Consejo Regional de Comunidades Campesinas de Tacna - CORECCAT, tiene las siguientes funciones: 4.1. Gestionar la implementación de programas y proyectos de alcance regional y de políticas públicas para el desarrollo integral de las Comunidades Campesinas. 4.2. Coordinar con los Gobiernos Locales, actividades de desarrollo integral de las Comunidades Campesinas. 4.3. Concertar, articulas y coordinar las acciones de apoyo, fomento, consulta popular, capacitación, asistencia técnica y otros, con entidades públicas y privadas, a favor de las comunidades campesinas. 4.4. Coordinar con los Gobiernos Locales las acciones pertinentes para la protección a la diversidad biológica y los conocimientos colectivos de las comunidades campesinas. 4.5. Prestar asesoramiento a las comunidades campesinas en temas de reestructuración, delimitación territorial, entre otros. 4.6. Asesorar a las comunidades campesinas en materias de su competencia. Artículo Quinto: Secretaría Técnica. El Consejo Regional de Comunidades Campesinas de Tacna - CORECCAT contará con una Secretaría Técnica, encargada de fortalecer las decisiones que se adopten y ejecutar las acciones que se requieran para su correcto funcionamiento, garantizando un trabajo técnico sobre la materia, la misma que recaerá en la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de Tacna. Artículo Sexto: Registro Regional de Comunidades Campesinas. CREAR el Registro Regional de Comunidades Campesinas de Tacna a cargo del Gobierno Regional de Tacna, para establecer un documento formal regional y promover la inscripción de todas las Comunidades Campesinas de la región. La Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de Tacna, mediante Resolución Gerencial, deberá aperturar el Registro Regional de Comunidades Campesinas en un plazo de sesenta (60) días calendarios a partir de entrada en vigencia de la presente ordenanza regional. La Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de Tacna realizará la difusión de la apertura del Registro Regional, a efectos de promover la inscripción de Comunidades Campesinas. Artículo Séptimo: Administración del Registro Regional de Comunidades Campesinas. La Subgerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades y Comunidades Campesinas administrará, supervisará y procesará la información del Registro Regional de Comunidades Campesinas. Artículo Octavo: Reglamento Interno del CORECCAT. DISPONER que la Secretaría Técnica del Consejo Regional de Comunidades Campesinas de Tacna - CORECCAT, elabore la propuesta del Reglamento Interno del CORECCAT, en un plazo de noventa (90) días de publicada la presente Ordenanza Regional, el mismo que será aprobado mediante Decreto Regional. Artículo Noveno: Instalación de CORECCAT. ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de Tacna la instalación del Consejo Regional de Comunidades Campesinas de Tacna.Artículo Décimo: Apoyo al CORECCAT.El Gobierno Regional de Tacna, facilitará al Consejo Regional de Comunidades Campesinas de Tacna - CORECCAT, los medios logísticos necesarios que se requiera para el cumplimiento de sus funciones y del programa de actividades. Artículo Décimo Primero: Implementación. ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social y demás entidades regionales competentes del Gobierno Regional de Tacna, la implementación de la presente ordenanza regional. Artículo Décimo Segundo: Incorporación en el ROF del GRT. SOLICITAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna incorpore al Consejo Regional de Comunidades Campesinas de Tacna – CORECCAT en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, como Órgano Consultivo de Coordinación y Concertación. Artículo Décimo Tercero: Vigencia. DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Décimo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Décimo Quinto: Publicación. PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día treinta de diciembre del año dos mil veinte. ARNOLD ELVIS CONDORI CUTIPA PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 14 de enero de 2021. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 1954845-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban el “Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia Territorial de Purús” ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2021-GRU-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la