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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2021 (22/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Sábado 22 de mayo de 2021 / El Peruano cumplimiento del artículo 42º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y en consecuencia publíquese en el Portal Electrónico institucional del Gobierno Regional de Moquegua conforme a lo previsto en el numeral 44.3 del artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua, a los 29 días del mes de marzo del año 2021. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOB SAMUEL VENTURA BAUTISTA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil veintiuno. ZENÓN GREGORIO CUEVAS PARE Gobernador Regional 1954972-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban la Modificación del Presupuesto Institucional del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), correspondiente al año fiscal 2021 ACUERDO REGIONAL Nº 003-2021-GRSM/CR Moyobamba, 22 de enero de 2021El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, con O fi cio Nº 026-2021-EF/50.03, la Dirección General de Presupuesto Público, informa al Gobernador Regional de San Martin, el procedimiento para la modi fi cación del Presupuesto Institucional correspondiente al año fi scal 2021, en el marco de la Ley Nº 31069, Ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los gobiernos regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR). Que, el referido o fi cio, el Director General de la Dirección General de Presupuesto Público, comunico que la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31069, Ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los Gobiernos Regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), establece respecto a la Modi fi cación de presupuestos institucionales para implementación del Foncor en el año fi scal 2021: Dispónese que, en el año fi scal 2021, los gobiernos regionales modi fi can su presupuesto institucional correspondiente al año fi scal 2021, por los montos del concepto del Fondo de Compensación Regional (Foncor) que en la fase de Programación Multianual Presupuestaria 2021-2023 les fueron informados por la Dirección General de Presupuesto Público, de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados. Asimismo, se indica que dicha modi fi cación se efectúa mediante acuerdo de consejo regional, en el cual se reduce el presupuesto institucional de los respectivos pliegos en los montos correspondientes al Foncor en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y se incrementa dicho presupuesto institucional por los mismos montos, vía crédito suplementario, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados. El referido acuerdo se emite hasta el 29 de enero de 2021, y una copia del mismo se remite a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Al respecto, de acuerdo a lo antes citado a fi n de que efectúen las modi fi caciones presupuestarias antes señaladas, debe considerarse el monto del FONCOR considerado en el presupuesto institucional correspondiente al año fi scal 2021 en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, para el Gobierno Regional asciende a S/ 62 714 496.00. Que, con Informe Nº003-2021-GRPYP, de fecha 18 de enero de 2021, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Opina Favorablemente para proceder con las modi fi caciones presupuestarias en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31069, las mismas que se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional, debiendo ser publicado posteriormente en el diario o fi cial El Peruano, en el contexto de los considerandos expuestos en el referido informe, se sugiere sea derivado a la O fi cina Regional de Asesoría Legal para su revisión y emita el informe legal correspondiente, a fi n de solicitar audiencia ante el Consejo Regional para sustentar o exponer el estado situacional de las citadas modi fi caciones presupuestarias., de tal manera que en dicha Sesión, el Consejo Regional acuerde aprobar las modi fi caciones presupuestarias de tipo 2 - Créditos Suplementarios y de tipo 7 - Reducciones del Marco Presupuestal, por el importe de total de S/ 62 714 496.00, en el presente ejercicio fi scal. Que, mediante Informe Legal Nº 038 -2021-GRSM/ ORAL, la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la Modi fi cación del Presupuesto Institucional correspondiente al año fi scal 2021, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente y remitirse al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo de Consejo. Que, de conformidad con lo establecido con el referido Reglamento Interno del Consejo Regional, en su artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modi fi cada por las Leyes Nº 27902 y Nº 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés público, ciudadano o institucional; Que, en virtud a lo antes expuesto, en el presente caso se cuenta con la opinión favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, que mediante Informe Nº 003-2021- GRSM/GRPYP, fundamenta la modificación del Presupuesto Institucional correspondiente del año fiscal 2021 y de la oficina regional de asesoría legal, remitiéndose para su aprobación conforme lo dispone la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31069, Ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los Gobiernos Regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR). Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”,