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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2021 (29/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Sábado 29 de mayo de 2021 / El Peruano por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00033-2017-CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la modi fi cación de los cuadros del Anexo B-4 del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022-2024 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 000121-2021-DM/MC; Con las visaciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 209565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modifícanse los cuadros del anexo B-4 del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022-2024 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 000121-2021-DM/MC, los mismos que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encárgase a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022-2024 del Pliego 003: Ministerio de Cultura. Artículo 3.- Dispónese la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ARTURO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura 1957534-1 Aprueban el Código de Ética del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000147-2021-DM/MC San Borja, 27 de mayo del 2021VISTOS; el Informe Nº D000198-2019-OGRH/MC y el Memorando Nº 000341-2021-OGRH/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando Nº 000226-2021-OGETIC/MC de la Oficina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorando Nº 000138-2021-OCII/MC de la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional; el Memorando Nº 000448-2021-OGA/MC de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 000325-2021-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000582-2021-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función pública y modi fi catorias, se establecen los principios, deberes y prohibiciones éticos que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública; y de acuerdo al numeral 9.1 del artículo 9 se precisa que el órgano de la Alta Dirección de cada entidad pública ejecuta en la institución de su competencia, las medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público establecidas en el Código de Ética de la Función Pública; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 240-2013-MC, se aprueba el “Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Cultura”; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada por el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, la cual es de obligatorio cumplimiento para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, señala que una de las causas de la corrupción en el Perú es el poco reconocimiento de los principios éticos y valores morales, precisando que a nivel de los/las servidores/as civiles, se evidencia un gran desconocimiento acerca de las normas de conducta que deben aplicarse en el trabajo diario, así como los principios éticos rectores de la función pública; Que, el numeral 1 del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, establece como uno de los mecanismos para promover la integridad pública a los códigos y cartas de buena conducta administrativa, de fi nidos como los instrumentos mediante los cuales se establecen los lineamientos para la correcta, transparente y e fi ciente actuación de los servidores civiles con el fi n de promover una cultura de integridad y servicio a la ciudadanía al interior de cada entidad; Que, el objetivo especí fi co 1.4 del Plan Nacional de Lucha de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 – 2021, aprobado con Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, dispone que se debe promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública en los/las servidores/as civiles y en la ciudadanía; Que, asimismo, el referido Plan, entre otros, ofrece un Modelo de Integridad para las Entidades del Sector Público a partir de nueve (9) componentes, entre ellos, el de Políticas de Integridad, siendo uno de sus sub componentes contar con un Código de Ética por cada Entidad; Que, el artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la O fi cina General de Recursos Humanos es el órgano de administración interna responsable de formular, dirigir, ejecutar y controlar las estrategias, políticas, procesos técnicos y acciones de los recursos humanos del Ministerio, con la fi nalidad de servir a los usuarios y bene fi ciarios de sus actividades; y de acuerdo al numeral 44.4 del artículo 44 señala que tiene la función de gestionar la cultura organizacional, que promueva y fomente comportamientos transparentes, éticos y honestos en el personal del Ministerio; Que, mediante el Informe Nº D000198-2019-OGRH/ MC precisado por el Memorando Nº 000341-2021-OGRH/MC la O fi cina General de Recursos Humanos; propone actualizar el Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 240-2013-MC, con el objeto de modernizar los conceptos y procedimientos administrativos de acuerdo al marco normativo vigente; Que, mediante el Memorando Nº 000094-2021-OGETIC/ MC precisado por el Memorando Nº 000226-2021-OGETIC/MC la O fi cina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en atención a sus competencias, emite opinión favorable a la citada propuesta de Código de Ética; Que, asimismo, con el Memorando Nº 000138-2021-OCII/MC y el Memorando Nº 000448-2021-OGA/MC, la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional y la O fi cina General de Administración, respectivamente, en el marco de sus competencias, emiten opinión favorable a la referida propuesta de Código de Ética; Que, por su parte, con el Memorando N° 000325- 2021-OGPP/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000077-2021-OOM/MC de la O fi cina de Organización y Modernización, a través del cual se emite opinión técnica favorable sobre la propuesta del precitado Código de Ética del Ministerio de Cultura; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Código de Ética del Ministerio de Cultura; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Estadísticas y