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21 NORMAS LEGALES Sábado 29 de mayo de 2021 El Peruano / Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, a partir del 25 de mayo de 2021 mientras dure la ausencia de la Titular, por motivo que se encuentra incapacitada temporalmente para laborar por motivos de salud; Que el artículo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, dispone que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, únicamente, a las siguientes acciones administrativas de desplazamiento de personal: (i) designación temporal; (ii) rotación temporal; y, (iii) comisión de servicios; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 04-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, de fecha 19 de mayo del 2021, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, el mismo que consta de tres (3) títulos, sesenta y siete (67) artículos y dos (02) Anexos; Que, de acuerdo a los documentos del visto, y con la fi nalidad de no paralizar las funciones de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, la Dirección Ejecutiva con el Memorando N° 226-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, delega la fi rma de actos y decisiones de competencia de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, con e fi cacia anticipada al 25 de mayo de 2021, al señor Javier Alexsander Soplapuco Torres, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444 y en atención al Informe Legal N° 168-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UAJ; Que, mediante Resolución Ministerial N° 149-2021-MIDAGRI, de fecha 27 de mayo 2021, se dispone, modi fi car, con e fi cacia anticipada al 19 de mayo de 2021, los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 0137-2021-MIDAGRI, manteniendo la vigencia del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 015- 2015-MINAGRI, durante el plazo otorgado para la implementación del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI; Que, estando a lo expuesto en el párrafo precedente, corresponde expedir el acto administrativo que designe de manera temporal, con e fi cacia anticipada al 25 de mayo de 2021, las funciones propias del Director de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, al señor Javier Alexsander Soplapuco Torres, ello en adición a las funciones que viene desempeñando hasta que dure la ausencia de la señora Laura Silva Rojas, Directora de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, por encontrarse incapacitada para laboral por motivos de salud; En uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0137-2021-MIDAGRI, de fecha 19 de mayo del 2021 y su modi fi catoria aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 0149-2021- MIDAGRI, de fecha 27 de mayo del 2021; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR TEMPORALMENTE con efi cacia anticipada al 25 de mayo de 2021, en el cargo de Director de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, al señor JAVIER ALEXSANDER SOPLAPUCO TORRES, quien ejercerá dicho cargo en adición a las funciones que viene desempeñando, hasta que dure la ausencia de su Titular, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora EjecutivaPrograma de Desarrollo Productivo Agrario RuralAGRO RURAL 1958009-2 Designan temporalmente Director de la Dirección Zonal Piura del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 096-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 28 de mayo de 2021VISTO:El Memorando N° 920-2021-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE-OA mediante el cual se adosa el Informe N° 365-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE-OA/UGRH elaborado por el Sub Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 143-2020-MINAGRI-DVDIAR- AGRO RURAL-DE, se designó a partir del 16 de setiembre de 2020, a la señora Katiuska Vittorina Gonzales Debenedetti, en el cargo de Directora de la Dirección Zonal Piura del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, de acuerdo al documento del visto, la O fi cina de Administración comunica que el Sub Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, ha propuesto la designación temporal en el cargo de Director de la Dirección Zonal Piura, al señor Juan Carlos Rodriguez Oliva, servidor contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, quien se desempeña como Especialista Administrativo en la Dirección Zonal Piura, a partir del 21 de mayo de 2021 hasta que se produzca el alta médica de la titular del cargo, al encontrarse incapacitada temporalmente para laborar por motivos de salud; Que el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, dispone que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, únicamente, a las siguientes acciones administrativas de desplazamiento de personal: (i) designación temporal; (ii) rotación temporal; y, (iii) comisión de servicios; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 04-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, de fecha 19 de mayo del 2021, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa de