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96 NORMAS LEGALES Sábado 29 de mayo de 2021 / El Peruano Que, la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, de fecha 22 de octubre del 2019, aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de Sociedades de Auditoría; Que, mediante O fi cio Nº 000133-2021-CG/GAD, de fecha 10 de marzo del 2021, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República comunicó al Gerente de Administración y Finanzas de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que previo al Concurso Público de Méritos para designar a la Sociedad Auditora para realizar la Auditoría Financiera Gubernamental en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, se efectúe la transferencia fi nanciera bajo el marco de la Ley Nº 30742- Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control, por el monto equivalente de S/ 77,816.00 soles por cada periodo a auditar, más la suma de S/7,913.49 soles, por el derecho del 6% de periodos 2019 y 2020, respecto a derecho de designación o supervisión; Que, mediante Memorándum Nº 811-2021-GPP/MDSMP de fecha 24 de marzo del 2021, la Gerente de Plani fi cación y Presupuesto, certi fi ca que al revisar el presupuesto Interinstitucional para el año 2020, se otorga certi fi cación para atender el documento de la referencia, gasto que será fi nanciado con la fuente de Financiamiento 5: Recursos determinado, Rubro 8, Impuestos Municipales, por lo que otorga la certi fi cación mediante la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 613-2021, por la suma de S/ 77,816.00 soles; Que, mediante Informe Nº 0079-2021-MDSMP/GAF de fecha 31 de marzo de 2021, la Gerencia de Administración y Finanzas señala que de acuerdo a la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, donde se aprueba el listado de los costos de auditoría correspondiente a los periodos de 2019 y 2020, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres debe hacer la trasferencia fi nanciera por el importe de S/.155,632.00 soles por concepto de retribución económica total con IGV y S/. 7,913.49 por derecho de designación y supervisión de auditoría, resultando un total de S/. 163,545.49, en ese sentido, la mencionada gerencia informó que para el periodo auditado 2019, a través del SIAF se realizó el día 17 de marzo del 2021, la transferencia fi nanciera por concepto de retribución económica por el importe de S/77,816.00 (setenta y siete mil ochocientos dieciséis con 00/100 soles) y aparte el depósito en cuenta de la CGR Nº 0000-282758, por el derecho de designación o supervisión por el importe de S/ 7,913.49 (siete mil novecientos trece con 49/100 soles) el día 26 de octubre del 2020. Por lo tanto, para la auditoría del año fi scal 2020, se deberá realizar la trasferencia fi nanciera por el importe de S/ 77,816.00 soles por concepto de retribución económica, teniendo en cuenta que el 6% de derecho de designación o supervisión es por los periodos de 2019 y 2020, cuyo monto de S/7,913.49 fue pagado el 26 de octubre del 2020, en consecuencia la Gerencia de Administración y Finanzas recomienda dar cumplimiento a la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad Auditora correspondiente al año 2020, previo a ello se deberá someter su aprobación al Pleno de Concejo y publicarse en la página web; Que, mediante Informe Nº 223-2021-GAJ/MDSMP de fecha 25 de marzo de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para la Transferencia Financiera para la Contratación de Sociedad de Auditoría para el año fi scal 2020, solicitado por la Contraloría General de la República, por el monto total ascendente a S/. 77,816.00 soles; Conforme a lo expuesto en la parte considerativa, en uso de las facultades conferidas por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto por Unanimidad de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres, expide el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad Auditora, para el Ejercicio correspondiente al año 2020, por el monto equivalente a S/ 77,816.00 (setenta y siete mil ochocientos dieciséis con 00/100 soles) por concepto de 100% Retribución Económica (incluido IGV), teniendo en cuenta que el monto total por los periodos 2019 y 2020 asciende a S/163,545.49 (ciento sesenta y tres mil quinientos cuarenta y cinco con 49/100 soles), habiéndose abonado a la fecha S/85,729.49 (Ochenta y Cinco Mil Setecientos Veintinueve con 49/100 soles), en ese contexto se procederá a efectuar la transferencia de recursos por el importe indicado en el cuadro siguiente: OPERACIÓN CONCEPTOPERIODO AUDITADO 2020 Transferencia Financiera a favor de la Contraloría Gen- eral de la República para la contratación de la Sociedad Auditora, ejercicio 2020100% Retribución Económica (Inclui- do IGV).S/ 77,816.00 TOTAL S/ 77,816.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General hacer de conocimiento el presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, el fi el cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Tercero.- NOTIFICAR a la Contraloría General de la República y a la O fi cina de Control Interno de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, respecto a lo resuelto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1957912-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 08-2021-MSS Santiago de Surco, 27 de mayo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: La Ley Nº 8916 y su modi fi catoria la Ley Nº 15253; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes N° 28607 y N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 prescribe que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el 28 de julio del presente año, se conmemora el Bicentenario (200º) de la Independencia del Perú; Que, con motivo de resaltar el mes de Aniversario Patrio, se requiere de la participación conjunta de