TEXTO PAGINA: 85
85 NORMAS LEGALES Sábado 29 de mayo de 2021 El Peruano / y difusión de la actividad física y recreativa–deportiva a través de la implementación de programas deportivos junto a la conservación, mantenimiento y mejoras de la infraestructura deportiva a nivel metropolitano, en donde exista inversión de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 2°.- FINALIDAD Para el logro de los objetivos, el reglamento tiene por fi nalidad establecer estilos de vida saludable a través de la práctica masiva de la actividad física y recreativa–deportiva; así como regular la gestión de desarrollo de la infraestructura deportiva pública municipal, implementada o por implementarse con la participación activa de los Equipos Deportivos Comunales. Artículo 3°.- ALCANCE El Reglamento tiene alcance metropolitano y está referido a toda aquella Infraestructura Deportiva Pública donde la Municipalidad Metropolitana de Lima haya realizado algún tipo de inversión. Artículo 4°.- BASE LEGAL▪ Constitución Política del Perú. ▪ Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ▪ Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. ▪ Ley N° 29544, Ley que modi fi ca artículos de la Ley N° 28036. ▪ Texto Único Ordenado de la Ley N.°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. ▪ Ordenanza N° 2208, Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima. ▪ Ordenanza N° 2274, Ordenanza que Regula la Administración de la Infraestructura Deportiva Pública y la Difusión y Promoción de la Actividad Física y Recreativo–Deportiva en Lima Metropolitana. ▪ Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N° 054-2020, que aprueba la Directiva N° 004-2020-MML-GP “Normas y Procedimientos sobre convenios de cooperación y otros documentos de cooperación que suscriba la Municipalidad Metropolitana de Lima”. CAPÍTULO II GLOSARIO DE TÉRMINOS Y PRINCIPIOS Artículo 5°.- GLOSARIO DE TÉRMINOS5.1. Acervo documentario: está integrado por el conjunto de documentos físicos o virtuales, donde se registran las actividades de los Equipos Deportivos Comunales, elaborados y custodiados en los sistemas de archivos de la Subgerencia de Deportes y Recreación de la Gerencia de Educación y Deportes. 5.2. Administración de la Infraestructura Deportiva: es la participación de la comunidad representada por los Equipos Deportivos Comunales en el cumplimiento de las actividades físicas y recreativas-deportivas, en el desarrollo, el mantenimiento y la conservación de la infraestructura deportiva municipal; plani fi cada, dirigida, evaluada y administrada por la Subgerencia de Deportes y Recreación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 5.3. Administración directa de la Infraestructura Deportiva Municipal: realizada por la Subgerencia de Deportes y Recreación sin participación de los Equipos Deportivos Comunales; a través de la ejecución de actividades físicas y recreativas-deportivas, tales como programas, escuelas, eventos y otros de manera permanente y en infraestructura propia, en uso y/o donde la Municipalidad Metropolitana de Lima haya realizado algún tipo de inversión. 5.4. Actividad física recreativa integradora: referida a la actividad física, recreativa y de carácter deportivo con un fi n integrador, inclusivo, sin discriminación, en la que se respete a la familia, al adulto mayor, la orientación sexual, raza, religión y sobre todo a aquellas personas con algún tipo de limitación o discapacidad sensorial, motora y/o habilidades diferentes.5.5. Actividad física saludable: conjunto de acciones y hábitos físicos, recreativos y/o deportivos de carácter permanente, que deben realizar las personas para incorporarlos a estilos de vida saludable y lograr una mejor calidad de vida. 5.6. Buenas prácticas: es toda conducta o actividad orientada a un resultado positivo, e fi caz y útil en bene fi cio de las actividades físicas y de la infraestructura deportiva, cuyo impacto es favorable en la comunidad y busca la mejora y solución de los problemas que se presenten. 5.7. Capacitación: proceso de formación, instrucción y entrenamiento de los Equipos Deportivos Comunales, técnicos, profesionales, entusiastas, gestores y personal de mantenimiento que participan en las actividades físicas, recreativas-deportivas y en la administración y el desarrollo de la Infraestructura Deportiva Municipal. 5.8. Centros Deportivos Municipales: son aquellas edifi caciones y/o instalaciones deportivas administradas directamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima concluidas o en proceso de desarrollo, donde se ejecutan una o más actividades físicas y recreativas- deportivas a cargo de la Subgerencia de Deportes y Recreación. 5.9. Complejo Deportivo Comunal: es la meta que deben alcanzar los Espacios Físicos con Potencial Deportivo y las Losas Deportivas Comunales, los mismos que deben constar de: espacios deportivos, servicios básicos, zona de esparcimiento, juegos para niños, áreas verdes; en armonía con el medio ambiente y otras instalaciones conforme a los lineamientos de la Subgerencia de Deportes y Recreación. 5.10. Coordinador en soporte y asistencia de infraestructura deportiva: miembro del Equipo Deportivo Comunal capacitado por la Subgerencia de Deportes y Recreación para actividades relacionadas al mantenimiento, conservación y optimización de las instalaciones deportivas. 5.11. Declaración Jurada de Responsabilidad y Compromiso: documento suscrito por el Equipo Deportivo Comunal electo, en el cual se compromete a respetar las normas y reglas de buenas prácticas, gestión en beneficio de la infraestructura deportiva en la comunidad, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Subgerencia de Deportes y Recreación, con la calidad de declaración jurada que la ley regula. 5.12. Deporte de esparcimiento de competencia vecinal: son actividades deportivas que desarrolla la propia comunidad de manera interna o intercomunal (competencia vecinal), con el objetivo de lograr la integración, participación, bienestar e interacción. 5.13. Equipo Deportivo Comunal: es la representación de la comunidad elegida democráticamente y constituida por cuatro miembros, quienes asumen la responsabilidad de la ejecución de las actividades físicas, recreativas-deportivas y el desarrollo de la infraestructura deportiva ubicada en su comunidad. Para fi nes de gestión, estará conformado por: un Coordinador General, un Secretario Deportivo y dos Promotores Deportivos. 5.14. Espacio Físico con Potencial Deportivo: es un espacio físico en estado natural en donde, por usos y costumbres, la comunidad viene desarrollando actividades físicas y recreativas-deportivas, donde sea posible la elaboración de un per fi l de proyecto de infraestructura con propósitos deportivos; siempre y cuando no se oponga a otro fi n público. 5.15. Facilitador Deportivo: es aquel servidor municipal designado y capacitado previamente por la Subgerencia de Deportes y Recreación en herramientas, técnicas y desarrollo de habilidades personales; apoya en el cumplimiento de los planes y programas de los Equipos Deportivos Comunales y en las actividades físicas, recreativo-deportivas y mejoras de la Infraestructura Deportiva Municipal.