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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (06/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Sábado 6 de noviembre de 2021 El Peruano / POR CUANTO: EL Concejo Municipal, en sesión ordinaria virtual del 5 de agosto de 2021. VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; de Desarrollo Urbano y Transporte; y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, Que, el artículo 194º de la Constitución Política establece que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º inciso 4) del dispositivo legal antes indicado; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar modi fi car o derogar las ordenanzas; asimismo, el artículo 40º de la misma norma prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa de las municipalidades distritales al emitir Ordenanzas en materia tributaria, disponiendo que éstas sean rati fi cadas por municipalidades provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra regulado por la Ordenanza Nº 2085, Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modi fi catorias, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima; Que, el numeral 1 del artículo 40º y numeral 1 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen, exclusivamente en el caso de los gobiernos locales, mediante Ordenanza, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA-; Que, a través del Decreto Supremo Nº 064-2010- PCM concordante con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP, se establece la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas; Que, mediante Ordenanza Nº 268/MLV se aprobó el TUPA de la Municipalidad de La Victoria, rati fi cado a través del Acuerdo de Concejo Nº 242-MML, la cual ha sido modi fi cado mediante Decreto de Alcaldía Nº 010- 2017/MLV, Ordenanza Nº 294/MLV, rati fi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 623-MML, Decreto de Alcaldía Nº 008-2019 y Decreto de Alcaldía Nº 015-2020; Que, en el marco del Decreto Supremo Nº 043-2021- PCM que aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones cuya tramitación es de competencia de los gobiernos locales y al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas; entre otras normas vinculantes;Que, a fi n de dotar de e fi cacia y celeridad la función pública, es necesario regular de manera integral los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite, debiendo estar contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA-, el cual normará la competencia de los órganos encargados de generar procedimientos administrativos, ahora bien, el documento de gestión propuesto, cumple con los criterios técnicos y legales que permitirán que la Municipalidad sea una entidad competitiva dentro del ámbito del desarrollo económico local y metropolitano; Que, a través del O fi cio Nº D000021-2021-SAT- GAJ el área funcional de rati fi caciones del Servicio de Administración Tributaria de Lima, realiza la devolución de la solicitud de rati fi cación de la Ordenanza Nº 368/ MLV, que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad respecto a inspecciones técnicas de seguridad en edi fi caciones y licencias de funcionamiento, así como sus respectivos derechos de trámite, requisitos y otros; Que, mediante el Informe Nº 188-2021-SGPM-GPP/ MLV la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, sustenta la Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad respecto a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones y Licencias de Funcionamiento; así como sus respectivos Derechos de Tramite, Requisitos y otros, considerando todas las gestiones realizadas para la presentación de tales procedimientos administrativos de competencia de la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y la Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial, y el marco normativo que rige actualmente; Que, por el Informe Nº 300-2021-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina de manera favorable por la Ordenanza que sustenta la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, toda vez que se aprueba los procedimientos administrativos de la Municipalidad de La Victoria; Estando a los fundamentos expuesto en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de los señores miembros del Concejo asistentes a la Sesión Ordinaria Virtual de Concejo del 5 de agosto de 2021 y con la dispensa de la lectura de aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD RESPECTO A INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Y LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO; ASÍ COMO SUS RESPECTIVOS DERECHOS DE TRÁMITE, REQUISITOS Y OTROS Artículo 1º.- Aprobar los veinticinco (25) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, así como sus requisitos y costos administrativos respecto a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y Licencias de Funcionamiento conforme a las denominaciones y detalles establecidos en el Anexo adjunto a la presente Ordenanza; los cuales serán incorporados al TUPA de la Entidad. Artículo 2º.- Aprobar los veintitrés (23) derechos de trámite de los siguientes Procedimientos Administrativos. Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDADDERECHO DE TRAMITE (EN S/) GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES SUBGERENCIA DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 4.2.1INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO BAJO127,00 4.2.2INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO149,20 4.2.3INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO366,40