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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (06/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 6 de noviembre de 2021 El Peruano / de pago. Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de sus actividades, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en la jurisprudencia del JNE (ver SN 1.8.), considera debe disponerse la emisión de la respectiva credencial, sin dejar de requerir que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado este pronunciamiento, se adjunte el original del comprobante de pago, bajo apercibimiento de ley. 2.8. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.10.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Rosa Margarita Pinedo Salinas en el cargo de regidora del Concejo Distrital de Aco, provincia de Corongo, departamento de Áncash, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Jorge Alejandro Mezarina Liñán, identi fi cado con DNI Nº 42495765, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Aco, provincia de Corongo, departamento de Áncash, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 3. REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Aco, provincia de Corongo, departamento de Áncash, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de notifi cado el presente pronunciamiento, cumpla con adjuntar el comprobante de pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de vacancia, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASRODRÍGUEZ MONTEZASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Numeral 6 de la parte considerativa de las Resoluciones Nº 056-2016-JNE y Nº 0150-2017-JNE; numeral 1.5 de la parte considerativa de la Resolución Nº 0435-2021-JNE. 2 Aprobada por Resolución Nº 412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Aprobado por la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano. 2008248-1Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan, provincia de Sihuas, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0869-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021091955 SAN JUAN - SIHUAS - ÁNCASH VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADO Lima, veinte de octubre de dos mil veintiunoVISTO: el O fi cio Nº 296-2021-MDSJ/A, recibido el 13 de octubre de 2021, mediante el cual don Demetrio Adrián Buiza Picón, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan, provincia de Sihuas, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde), solicita dar trámite a la vacancia de don Fred David Carranza Jaque, regidor del Concejo Distrital de San Juan (en adelante, señor regidor), por la causa de muerte prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el O fi cio Nº 296-2021-MDSJ/A, el señor alcalde elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento del señor regidor; a fi n de que se convoque a quien corresponde de conformidad con el artículo 24 de la LOM. 1.2. Dicho pedido se sustenta en el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N.° 009-2021 y Acuerdo de Concejo Nº 014-2021-MDSJ/A, ambos del 11 de octubre de 2021, al haberse declarado la vacancia de la referida autoridad. Asimismo, se adjuntó el Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec). 1.3. Además, se adjuntó un comprobante de pago por la suma de S/16.20 (dieciséis y 20/100 soles), el cual no corresponde a la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. El numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, establece que el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.2. El numeral 1 del artículo 22 prescribe que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte. 1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, dispone lo siguiente: En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones 1.4. Las Resoluciones Nº 539-2013-JNE y Nº 0301- 2020-JNE, entre otras, precisan lo siguiente: